• domingo 19 de mayo del 2024
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Regreso de la feria: ¿Cuál es el estado de la judicialización del Mega DNU?

Cientos de planteos tramitaron en enero y, algunos, tuvieron resolución. Un breve repaso para comenzar la actividad bien informado.

El Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 70/2023 fue publicado el 21 de diciembre pasado en el Boletín Oficial y desde allí es un de los temas más relevantes de la agenda pública argentina.

Las inmensas modificaciones jurídicas -que impactan sobre extendidos sectores sociales- provocaron un enérgico debate y motivaron la promoción de múltiples planteos judiciales en los tribunales a lo largo del país.  

Los litigantes escogieron diferentes vías procesales en el cuestionamiento del Mega DNU entre las que se destacan la acción de amparo (en su mayoría) individual o colectivo, la acción declarativa de inconstitucionalidad, de certeza y hasta planteos de consumo contra prepagas. Además, en su inmensa mayoría, solicitaron medidas cautelares que suspendan total o parcialmente los efectos del referido decreto.

En lo que sigue, como continuidad del mapa que habíamos trazado anteriormente, haremos una reseña de lo que ocurrió en los tribunales en enero con esos planteos para llegar a un estado de situación de la judicialización del decreto con la reactivación de la actividad judicial de febrero.

El desarme del proceso colectivo en el Contencioso Administrativo Federal

Los tribunales habituales para el Estado Nacional en la Ciudad de Buenos Aires son los contenciosos administrativos federales y, por ello, la cantidad de causas contra el DNU que concentra es la más grande a nivel país. Aquí ya se cuentan por decenas las causas radicadas.

En este fuero se registró una novedad temprana que luego fue revertida. Se trató del planteo del "Observatorio del Derecho a la Ciudad", en conjunto con los dirigentes Claudio Lozano y Hugo Godoy que, en los últimos días de diciembre del año pasado, el juez Esteban Furnari había decidido tramitar como proceso colectivo con una gran extensión que operaba como imán de todas las otras causas que se plantearan contra el DNU y su ley regulatoria 26.122 a lo largo del país.

Sin embargo, entrada la feria, la causa quedó a cargo del juez Enrique Lavié Pico quien consideró que era formalmente inadmisible tramitar un proceso colectivo de ese alcance. Dijo que "no se encuentra definido de manera clara el colectivo involucrado, debido a la generalidad de la representación invocada por la Asociación actora y al carácter difuso de la presentación efectuada en la presente causa". Asimismo, agregó que: "tampoco se encuentra debidamente delimitado que el decreto atacado produzca un perjuicio por igual a todos los sujetos que se pretende representar, lo cual descarta la configuración de los recaudos necesarios para la procedencia formal de la acción colectiva intentada".

Luego de ello, esta causa comenzó a tramitar en paralelo con otra que planteó Jorge Rizzo, ex presidente del Colegio de Abogados de la Capital Federal, con su asociación "Gente de Derecho" en el que impugnó el DNU. 

En ambas causas “Observatorio” y “Rizzo” -el mismo día- el juez Lavié Pico rechazó los planteos por falta de “caso judicial” y, luego de ser apelados, la Sala de Feria de la Cámara Contencioso Administrativo Federal -con voto de los jueces Fernández y Grecco- confirmó las decisiones por el mismo fundamento.

También el referido juez, en primera instancia, rechazó tramitar como proceso colectivo la demanda promovida por el CELS y rechazó suspender el decreto. Por otro lado, en la causa "Gil Domínguez", rechazó la medida cautelar solicitada. Consideró que no se verifican los requisitos para otorgarla y que el pedido coincide con el objeto principal del litigio.

Muchos otros casos no llegaron a obtener resolución durante la feria y, hoy, volvieron a los juzgados donde originariamente fueron sorteados para continuar su trámite en el fuero Contencioso Administrativo Federal. Entre ellos se encuentra la acción declarativa de inconstitucionalidad promovida por legisladores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires del bloque Unión por la Patria, donde se reclama la adopción de una medida cautelar que suspenda los efectos del DNU. Esa causa tramitará ante el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°5, a cargo de la jueza María Alejandra Biotti.

La distribución temática de causas

La decisión de desdoblar el proceso colectivo produjo, consecuentemente, la habilitación del trámite individual de cientos de causas. Allí, entonces, la cuestión comenzó a ser a qué tribunales les correspondía resolver en cada asunto.

Fue así como, luego de diversos avatares procesales, la Cámara Contencioso Administrativo Federal (por disposición del art. 20 de la ley 26.854) tuvo que resolver esa incógnita.

De tal modo, resolvió en el siguiente sentido de acuerdo con la temática implicada: las cuestiones de alquileres y asociaciones deportivas a la Justicia Nacional Civil; lo referido al turismo a la Justicia Nacional en lo Comercial y las cuestiones de salud/prepagas a la Justicia Civil y Comercial Federal.

Además, en primera instancia, Lavié Pico resolvió que el planteo en torno a normas aeronáuticas se gire a la Justicia Civil y Comercial Federal.

Distinto de la cuestión en torno a la privatización de medios públicos, farmacias, despachantes de aduana y de ferrocarriles que el Fuero Contencioso asumió la competencia para tratarlos.

Todo ello, desde luego, en el terreno de los planteos en la Capital Federal. En la Justicia Federal con asiento en la provincias, por su parte, se registraron demandas por diversos temas regulados por el Mega DNU. La descripción arroja que la derogación de la Ley de Tierras fue cuestionada ante el Juzgado Federal de Neuquén (Asociación Árbol de Pie) y ante el Juzgado Federal de la capital bonaerense por los ex veteranos de Malvinas (CECIM La Plata). La desregulación fue impugnada por el Centro de Comerciantes de Olavarría en el Juzgado Federal de Azul y el Centro de Empleados de Comercio de Río Grande ante el juzgado de esa ciudad fueguina, los cambios que afectan a las relaciones de consumidores y usuarios fueron objetados por la Asociación Civil Defendete en Mar del Plata, las cuestiones de prepagas ante el Juzgado Federal de San Nicolás (Minotti), los recortes sindicales y laborales por la Central de Trabajadores Argentinos Autónoma en La Plata (causa que terminó remitida al fuero laboral). 

Además, el Municipio de La Rioja, a su vez y a través del fiscal de esa comuna, acudió ante el Juzgado Federal de esa ciudad con un amparo contra el decreto (y no le habilitaron la feria); la Asociación de Trabajadores de la Educación del Neuquén inició un amparo en el Juzgado Federal N° 1 de esa capital patagónica (que había sido remitida al ex proceso colectivo); la Defensoría del Pueblo bonarense acudió, también, a los tribunales federales de La Plata para cuestionar el DNU (y que tuvo trámite como rechazo en primera instancia). 

También hay demandas particulares de ciudadanos que cuestionaron la totalidad del DNU, por ejemplo, en la Justicia Federal de Resistencia (Mongeló y Meza), La Plata (Pavón Jaureguiberry), Lomas de Zamora (Crespo Armengol), Mar del Plata (Carrica), Concepción del Uruguay (Hartwing) y San Juan (Yossa Aguilar), entre muchos otros. 

El Capítulo Laboral

Se registraron casos relevantes en este fuero y, sin duda, el que tomó mayor notoriedad fue el de la Confederación General del Trabajo. Preliminarmente cabe recordar que existió un conflicto sobre qué tribunales debían tratar el expediente y, finalmente, se definió por la competencia laboral.

En dicho expediente “CGT”, que había obtenido medida cautelar suspensiva del tramo laboral del Mega DNU, luego obtuvo sentencia definitiva de primera instancia de la Cámara de Apelaciones que declaró “la invalidez constitucional” del Título IV del decreto.

La decisión, adoptada por los jueces Manuel P. Diez Selva, Héctor Guisado y Mario Fera, indicó que la fundamentación del DNU N° 70/2023 no daba cuenta de las circunstancias excepcionales de necesidad y urgencia para suplir la actividad legislativa de Congreso de la Nación.

Otros casos también obtuvieron decisiones cautelares confirmadas por la Cámara de Apelaciones como el caso de la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA), actualmente recurrido a la Corte por el Poder Ejecutivo, la Federación Única de Viajantes de Comercio de Argentina. Otras cautelares también se decretaron en primera instancia como las de la Asociación Bancaria, la Asociación del Personal Aeronáutico y el Centro de Capitanes de Ultramar y Oficiales de la Marina Mercante.

Los asuntos sobre salud y prepagas

En la Justicia Civil y Comercial Federal, donde usualmente se tratan cuestiones de salud, se registró el planteo un asociado directo de Swiss Medical S.A (Wilson, Eduardo) como amparo colectivo y motivó su inscripción como tal por parte del Juzgado Nº 3, a cargo de Juan Rafael Stinco, en el que detalló que tramitará las impugnaciones contra los artículos 267 y 269 que, al modificar la ley 26.682, deja al libre arbitrio de las empresas de medicina prepaga fija su valor. El juez sostuvo que el bien jurídico tutelado es el derecho a la Salud y la intervención de un organismo especializado en la determinación del precio.

Este litigio tiene gran importancia -como te contamos en esta nota- dado que tiene una certificación de clase y la orden del magistrado de inscribirlo en el Registro de Acciones Colectivas de la Corte Suprema.

Tal situación ya ha provocado que otros jueces federales remitan las causas por esta materia a esa sede judicial. Esto paso, por ejemplo, en una causa de una mujer que tramitaba en el fuero Contencioso (Villalba) y también en la causa que un magistrado bonaerense había iniciado ante el Juzgado de Lomas de Zamora, entre otras.

Cabe aclarar que ese litigio colectivo "Wilson", como dejó señalado el juez Stinco, “…no comprende el control judicial sobre la legitimidad y razonabilidad de los eventuales incrementos particulares de los precios o cuotas correspondientes a los servicios de salud que prestan las empresas de medicina prepaga...”.

Durante la feria, sin embargo, ese fuero federal decidió no tramitar los planteos hasta el regreso de la actividad. Fundaron su argumento en que los usuarios de las prepagas pueden tener hasta tres meses de mora, lo que permite que el planteo sea considerado en febrero sin riesgos para la salud de las personas.  

Fuera de la Capital, otros Juzgados Federales sí tramitaron activamente planteos de salud. Por ejemplo, en la jurisdicción de San Martín se decretaron cuatro cautelares individuales en favor de usuarios para que no les incrementen la cuota. Además, la jueza Forns registró un proceso colectivo nacional de usuarios de la empresa Sociedad Italiana.

Además, planteos de usuarios de medicina prepaga se iniciaron ante diversos juzgados federales a lo largo del país y se puede adelantar -con seguridad- un crecimiento de estos reclamos durante el mes de febrero.

La Ley de Tierras

En La Plata el Centro de Excombatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) obtuvo una medida cautelar que suspendió el artículo 154 del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023 en cuanto derogó la Ley 26.737 de Tierras. 

La decisión la adoptó el juez federal Ernesto Kreplak y, además, ordenó inscribir un proceso colectivo por la pretensión de inconstitucionalidad de esa norma. Sostuvo el magistrado que “Se invocó como menester la derogación de la Ley 26.737, no obstante, se omitió brindar fundamentación adecuada sobre la relación subyacente que explicaría la forma según la cual, la abrogación de la norma, contribuiría a superar los problemas sociales y económicos que trasunta la Nación”. Además, deslizó problemas en cuanto a la razonabilidad de la medida e incumplimiento de procedimientos esenciales para el dictado del decreto.

Las Sociedad Anónimas Deportivas

Diversos planteos judiciales aparecieron en contra del cambio en materia de asociaciones civiles y la promoción de las sociedades anónimas deportivas (SAD) que dispone el Mega DNU. Te contamos que el tribunales porteños tramitan causas de esa materia y que, por disposición de la Cámara Contenciosa, se remitieron a la Justicia Nacional en lo Civil.

En la provincia de Buenos Aires, la Liga de Futbol de Salto promovió una acción judicial y obtuvo en Juzgado Federal de Mercedes, a cargo como subrogante de Elpidio Portocarrero Tezanos Pinto, una medida cautelar que suspende los artículos de Decreto de Necesidad y Urgencia N°70/2023 que habilitan la conformación de Sociedades Anónimas Deportivas en la República Argentina.

En la demanda la Liga argumentó que el artículo 335° del DNU 70/2023 prohíbe rechazar pedidos de asociación o afiliación en virtud de la nueva estructura jurídica incorporada a la Ley Nacional del Deporte: las sociedades anónimas deportivas (S.A.D.). Ello, según argumentó la asociación, podría generar derechos adquiridos y tendría efectos en las decisiones de la Asamblea de la Liga de Fútbol de Salto Asociación Civil.

Los casos en la Corte Suprema de Justicia de la Nación

La Provincia de La Rioja, mediante su gobernador, Ricardo Quintela, demandó al Estado Nacional en competencia originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por el dictado del mega DNU 70/23 de desregulación económica y solicitó una medida cautelar suspensiva. La presentación contó con el patrocinio letrado de los abogados E. Raúl Zaffaroni y Raúl Gustavo Ferreyra. Los detalles te los contamos en esta nota

El máximo tribunal abrió un incidente, dio traslado a la Procuración del Tesoro de la Nación e informó que "estudiará las cuestiones sometidas a decisión luego del receso correspondiente a la próxima feria judicial del mes de enero". El Procurador Casal, hace unos días, dictaminó que el asunto debe ser tratado por el máximo tribunal.

Asimismo, arribaron a esta instancia la decisión cautelar y definitiva de la causa de Confederación General del Trabajo (CGT) que suspendió e invalidó, respectivamente, el Título IV del Mega DNU referido a los cambios laborales y sindicales. Como también la cautelar que favorece a la Central de Trabajadores Argentinos (CTA).

También llegará a la Corte Suprema el expediente iniciado por la provincia de Misiones ante el Juzgado Federal de Posadas contra los cambios introducidos en el Instituto Nacional de la Yerba Mate. En ese caso, el juez federal de feria Gallandat Luzuriaga se declaró incompetente y consideró que el caso era de la competencia originaria del máximo tribunal. La provincia apeló y la Cámara Federal de Posadas no habilitó la feria. Sin embargo, hoy resolvió remitir la causa a la Corte Suprema.

Finalmente, los rechazos por “falta de caso judicial” en los expedientes “Observatorio” y “Rizzo” que tramitaron en la Justicia Contencioso Administrativo también serán recurridos y tendrán camino al cuarto piso del Palacio de Justicia de la Nación.

Hasta aquí la corta reseña, al día de inicio de la actividad judicial de febrero, de los litigios contra el Mega DNU en el país que diariamente se incrementan.

 

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