• miércoles 01 de mayo del 2024
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Elecciones 2019: los argentinos que residan en el extranjero podrán votar por correo postal

Así lo dispuso por decreto el Gobierno nacional. La norma argumenta que el objetivo es garantizar el derecho a voto de los electores que están imposibilitados de presentarse en el lugar de votación.

A través del Decreto 45/2019 el Gobierno habilitó que los argentinos que residan fuera del territorio nacional puedan emitir su voto a través de correo postal.

La norma argumenta que "teniendo en cuenta la imposibilidad de ciertos electores residentes en el exterior de presentarse en el lugar de votación, debido entre otras cuestiones a la distancia existente entre este último y el lugar de su residencia, y teniendo en cuenta la necesidad de garantizar su derecho al voto, resulta pertinente modificar la reglamentación vigente en la materia, otorgando la posibilidad de votar ya sea de manera presencial como postal". Incluso, cita a otros países que ya utilizan esta alternativa.

Los interesados en usar esta vía deberán inscribirse personalmente en la representación diplomática o consular correspondiente a su domicilio o en el registro on-line que la Cámara Nacional Electoral habilitará a tal fin, hasta 90 días antes de la fecha de la elección en Argentina

A partir de esas inscripciones se configurará un registro y serán eliminados del padrón general. La boleta oficial será idéntica para todos los países y será diseñada a ese efecto por la Cámara Nacional Electoral. Allí deberá marcar la agrupación política de su preferencia.

El elector recibirá en el domicilio un sobre con la documentación electoral, el cual contendrá: la boleta oficial, el sobre de devolución, el sobre de resguardo del voto, el instructivo y  un formulario de declaración jurada de identidad. Además, el sobre contendrá impreso el nombre y domicilio en el extranjero. Luego deberá remitirlo a la representación diplomática o consular correspondiente.

 

Luego de las 48hs de finalizada la jornada electoral en Argentina, comenzará el escrutinio de los votos de los argentinos residentes en el exterior. La Cámara Nacional Electoral fijará la fecha, hora y lugar, donde se llevará a cabo, publicando dicha información en su sitio web y notificando electrónicamente a las agrupaciones políticas participantes de la contienda electoral.

 

También, establecerá el procedimiento para la constitución de las mesas, apertura de sobres, la calificación de sufragios y los recaudos de seguridad a seguir a fin de proceder a la apertura del sobre de devolución, la extracción de la declaración jurada de identidad y la posterior introducción del sobre de resguardo del voto en la urna correspondiente a la mesa, entre otros aspectos.

 

Accedé al decreto.

 

 

 

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