Lo hizo su Presidente, Daniel Fernando Soria, en virtud del decreto dictado por el Ejecutivo Nacional que mantiene la situación de distanciamiento social, preventivo y obligatorio.
La medida refuerza la obligación de la estricta observancia de los protocolos y organización del trabajo, ordenando priorizar la utilización de las herramientas tecnológicas y la concurrencia del personal indispensable.
Así lo resolvió la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires, que faculta a cada órgano jurisdiccional a disponer la interrupción o suspensión de plazos según las circunstancias del caso.
Si bien con ciertas excepciones, la Suprema Corte de Justicia dispuso el retorno pleno del personal a prestar servicios de forma presencial.
Así lo decidió el Juzgado Contencioso Administrativo N° 4 de La Plata, a cargo de la jueza María Ventura Martínez. Se trata de un caso de responsabilidad estatal por un defectuoso servicio de justicia.