Se trata de un planteo para recusar a la jueza a cargo de la causa. La Cámara Nacional había rechazado el recurso de inconstitucionalidad por considerar que el mismo no está previsto en el Código, pero el TSJ sostuvo que él es el órgano superior en las causas que tramitan ante la justicia nacional ordinaria.
Así lo votó la Legislatura porteña, al modificar el recurso de inconstitucionalidad previsto en la ley 402 de la Ciudad de Buenos Aires.
Votada en la Legislatura porteña el pasado 30 de septiembre, el Poder Ejecutivo porteño publicó la norma que modifica el recurso de inconstitucionalidad previsto en la ley 402 de la Ciudad de Buenos Aires.
A través de una medida cautelar, se suspendió la aplicación del artículo 4 de la ley 6452 de la Ciudad de Buenos Aires.
El fiscal Gilligan reiteró que la transferencia de competencias debe hacerse a través de un convenio entre el Gobierno Nacional y de la Ciudad, ratificado en el Congreso de la Nación.
Fundó su negativa en que al estar demandado un órgano nacional el asunto no lo puede definir un tribunal local.