Es en el marco de una presentación realizada por Margarita Stolbizer por una diputada de la Alianza "1Paí" y se funda en la garantía de paridad de género en la representación legislativa.
La resolución aplica a las asociaciones civiles en proceso de constitución, simples asociaciones y determinadas sociedades anónimas. La medida se fundamenta en la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer.
La medida fue solicitada en el marco de una acción de nulidad contra el acto de asunción del diputado provincial Nicolás Russo, por la vacante que dejó la ex diputada Cantero en 2019.
La ley de paridad de género provincial solo contempla los supuestos de vacantes en las listas de precandidatos y candidatos. El fallo hace extensivo el criterio a los legisladores/as electos/as.
Por aplicación literal de la Ley de Paridad de Género, deberá ocupar la banca un hombre, tercero en la lista, y no la mujer que ocupaba el segundo lugar.
Se trata de la vacante ocasionada por el fallecimiento una concejal de José C. Paz, que fue originalmente asignada al primer varón suplente.
Se cumplen seis años del fallo de la Cámara Nacional Electoral, que impugnó una lista, por no respetar la ley de cupo vigente en ese momento.
Se trata de normas que habían sido dictadas por la Inspección General de Justicia en el 2020, durante el gobierno de Alberto Fernández. La medida se oficializó en el Boletín oficial.
Así lo decidió la jueza federal Macarena Marra Giménez. En la acción se cuestionaba la postulación de Ariel Lijo y Manuel García Mansilla para integrar el Máximo Tribunal y se pedía que se le ordene al Poder Ejecutivo que eleve una nueva propuesta que garantice la diversidad de género.
Una decisión judicial que implicó la cobertura de una vacante correspondiente a los representantes de la provincia de Tierra del Fuego. Conocé los argumentos en torno a la ley 27.412.
Revocaron la sentencia que ordenaba el ingreso de una mujer electa en reemplazo de un diputado fallecido.