Así lo anunció el Presidente de la Nación. El objetivo es que el Estado pueda disponer de los bienes provenientes de la corrupción o el narcotráfico. Se aplicará en forma retroactiva.
Así lo dispuso el máximo tribunal penal de la Nación, luego de revocar una sentencia del Tribunal Oral Federal de Gral. Roca que había declarado su inconstitucionalidad.
Un comentario a la decisión de un tribunal federal de Neuquén que absolvió a una mujer por su situación de vulnerabilidad y el aprovechamiento que hubo por parte de una organización criminal vinculada al narcotráfico.
La decisión fue adoptada en la misma semana que los integrantes del tribunal se reunieron en Rosario con la Asociación de Jueces Federales por el juzgamiento del narcotráfico.
El Ministerio de Justicia lo hizo mediante la Resolución 296/2024 con el objetivo de “actuar de enlace interinstitucional para facilitar las problemáticas que se susciten entre las jurisdicciones federal y provincial” respecto a este tipo de delitos. Funcionaba desde mayo.
La decisión, firmada por la jueza Ángela Ledesma y el juez Juan Carlos Gemignani, hizo hincapié en la razonabilidad de los actos de gobierno, de progresividad en la ejecución de las penas privativas de la libertad y su finalidad de reinserción social. La decisión ya fue recurrida por el fiscal Raúl Pleé.
En enero, la Sala de Feria del tribunal había declarado la inconstitucionalidad del artículo que impide otorgar los beneficios de libertad condicional o libertad asistida a los delitos previstos en los artículos 5, 6 y 7 de la ley 23.737. A fin de evitar disparidad de criterios, Casación dictará sentencia plenaria sobre el tema el próximo 11 de marzo.
En el fallo plenario "Tobar Coca", el Tribunal declaró la compatibilidad constitucional del artículo que impide otorgar los beneficios de libertad condicional y libertad asistida -entre otros- a los delitos previstos en los artículos 5, 6 y 7 de la ley de estupefacientes N°23.737