El organismo entendió que los estados pueden incurrir en responsabilidad internacional por no controlar adecuadamente las fuentes generadoras de dióxido de carbono que contribuyen a afectar derechos humanos de los niños y las niñas que viven dentro y fuera de sus territorios.
La acción había sido iniciada como un hábeas corpus para la protección de la Ballena Franca Austral y en contra de la explotación sísmica, pero un juzgado la rechazó in limine. Ahora la Cámara Federal recondujo el caso como un amparo ambiental.