Se tuvo en cuenta la distancia del lugar de residencia del progenitor –Vancouver, Canadá- y las restricciones vigentes en el marco de la pandemia del COVID-19.
La medida se fundó en los reiterados incumplimientos del padre de un menor. Además de considerar el interés superior del niño, la jueza estimó que se ejercía violencia económica contra la madre.
El fallo de un juzgado de familia cordobés considera que la conducta del padre constituye un caso de "violencia de género hacia la mujer y una vulneración de los derechos humanos básicos del niños".
Así lo dispuso la sala H de la Cámara Nacional en lo Civil. "La justicia debe brindar soluciones a los justiciables de tal manera que sus pretensiones sean receptadas teniendo en cuenta la idea de justicia y equidad, lo contrario implicaría desechar la realidad socioeconómicas", sostuvieron los jueces Claudio Marcelo Kiper y José Benito Fajre.
Así lo decidió un tribunal bonaerense en el caso de una persona con capacidad restringida.
Así lo entendió el Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Entre Ríos, al momento de resolver un proceso de alimentos iniciado por la madre de tres niñas contra el progenitor y los abuelos paternos.
La jueza consideró que existe una obligación universal en la cual la responsabilidad no se limita al padre y abuelos, quienes en el caso no podían afrontarla.