Lo decidió el juez Viri en el marco de un amparo ambiental. La prohibición abarca al tramo correspondiente a Entre Ríos.
Se tiene en consideración que el bien jurídico comprometido es el medio ambiente, de naturaleza colectiva. Además, se ordenó la acumulación por conexidad de todas las causas que buscan la cesación de las actividades de exploración, para evitar pronunciamientos contradictorios dictando una sentencia única.
La Cámara Federal de Mar del Plata declaró abstracto los recursos contra la medida cautelar de suspensión del proyecto, y mandó a realizar una nueva evaluación de impacto ambiental al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
Los magistrados revocaron la medida cautelar que suspendía el Proyecto y dispusieron una serie de condiciones esenciales para su desarrollo. También, exhortaron a las autoridades administrativas a que mantengan el máximo nivel de control.
La decisión se adopta en el marco de una acción de amparo ambiental promovida por dos ONG.