En una sentencia novedosa del fuero laboral de la ciudad de La Plata se afirmó que lo establecido en el artículo 54 de la Ley 14.967 no comporta indexación y se reafirmó su carácter alimentario.
El monto de la prestación será de $45.000, que se pagaran en dos cuotas de $22.500 en los meses de noviembre y diciembre. Conocé los requisitos.