El CELS presentó la acción colectiva, a raíz de una resolución del Ministerio de Seguridad de la Nación, por considerar que profundiza el campo de discrecionalidad de las fuerzas federales.
Lo dispuso la Justicia Federal frente a acción colectiva promovida por dos abogados. El Consejo de la Magistratura y la Corte Suprema deberán presentar un informe de factibilidad y un cronograma para la implementación del sistema.
Así lo resolvió la Sala V de la Cámara Contencioso Administrativo Federal. Se trata de una decisión dictada en el marco de un amparo colectivo promovido por dos abogados.
Así lo resolvió el juez federal Santiago Carrillo. También, decretó la nulidad de la disposición de la Dirección Nacional de Migraciones que había declarado irregular su permanencia en el territorio nacional y ordenaba su expulsión.
El juez federal Santiago Carrillo ordenó inscribir la acción en el Registro de Procesos Colectivos. Sin embargo, no hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la entidad para que se suspendan los efectos del DNU 157/2018.
La había presentado una cámara empresaria. El juez consideró que no está legitimada ni cuenta con los requisitos para tramitar como proceso colectivo.
Mónica Edith Frade, Maximiliano Ferraro y María Victoria Borrego, diputados nacionales por la Coalición Cívica, presentaron la acción que recayó ante el juez federal Santiago Carrillo. Solicitaron una medida cautelar para que se suspenda su vigencia.
La acción había sido interpuesta por el Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal.
El juez federal Santiago Carrillo consideró que no se reunían los requisitos para su procedencia. También, señaló que en la página web de la institución académica hay informes publicados.