Según el máximo tribunal, las legislaturas provinciales no son competentes para prever nuevas causales de prescripción de la acción penal, en tanto esta es una facultad reservada al Congreso de la Nación.
Un repaso de las diez sentencias más resonantes en las que intervino el máximo tribunal de la Nación durante este año.
Consideraron que el Código de Faltas porteño contradice el máximo de 2 años que establece el Código Penal, en tanto la regulación de la prescripción y extinción de las acciones es competencia exclusiva del Congreso de la Nación.