Así lo decidió el Tribunal del caso donde un jurado declaró la no culpabilidad de tres jóvenes acusados por violar a una adolescente de 14 años en un camping de Miramar.
Para el máximo tribunal bonaerense, el artículo 402 del Código Procesal Penal no perjudica los derechos constitucionales del particular damnificado.