Las empresas aseguradoras solo podrán ofrecerlo para casos daño, incendio, robo o hurto del vehículo. La resolución establece un plazo de 90 días para adecuar las pólizas a la nueva normativa.
Fue en un caso de daños ocurridos en un accidente de tránsito, en el que se decidió que el límite asegurativo debía ser actualizado por el mismo mecanismo que el establecido para las obligaciones determinadas, sin intereses.