La Cámara Federal de Córdoba consideró que a pesar de no existir simultaneidad, los delitos cometidos por la imputada fueron "resultado directo de su condición de víctima de la trata con fines de explotación sexual a la que fue sometida durante veinte año".
El tribunal hizo lugar a una queja de la AFIP y consideró que la decisión que reconoció legitimación colectiva de la Sociedad Rural Argentina es apelable.