Así lo señaló el Fiscal General ante la Cámara Contencioso Administrativo Federal, Rodrigo Cuesta.
El Juez Enrique Lavié Pico consideró que el organismo no cumplió con los cánones básicos de la Ley 27.275.
Así lo dispuso el juez federal Pablo Cayssials al hacer lugar parcialmente a una acción de amparo. El caso surgió ante la falta de respuesta del organismo a un pedido de acceso a la información pública formulado en el marco de la Ley 27.275.
La presentación de basa en la Ley de Acceso a la Información Pública ante la imposibilidad de visualizar el contenido del documento.
Un pedido buscaba saber la cantidad, raza, nombre, edad y sobre su estadía en la residencia presidencial. Barra consideró que se tratan de aspectos privados no alcanzados por la Ley de Acceso a la Información Pública.
Una modificación a la reglamentación de la ley con el objeto excluir información de la obligación de suministro.
Análisis de una norma que afecta un derecho esencial para el funcionamiento del sistema democrático.