Se destaca la promulgación de la ley de Impuesto a las grandes fortunas, la Capital Nacional del Fútbol, y la modificación de la Ley de Tránsito.
El pronunciamiento surgió ante la presentación realizada por un empresario cordobés contra la la Ley 27.605.
Tramitan más de 150 acciones judiciales que piden que se declare su inconstitucionalidad. La jueza Cecilia de Negre otorgó una medida cautelar solicitada por un contribuyente y ordenó a AFIP que se abstenga de aplicarlo por un plazo de 3 meses. Por otra parte, el juez Martín Cormick rechazó una petición en el mismo sentido.
Se trata de dos medidas cautelares, de idéntico objeto y que han obtenido resultados dispares: una ha sido admitida por la justicia federal de San Juan, y la otra rechazada por su equivalente de Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Consideró que no se acreditó la ilegalidad y arbitrariedad para que proceda la medida, y que la solución requiere de un debate y producción de prueba incompatibles con la vía elegida.
Así lo decidió el juez federal Walter Lara Correa en el marco de una acción promovida por un contribuyente que pidió que se declare la inconstitucionalidad del tributo.
El amparista no demostró el daño que la decisión estatal le produjo sobre su derecho a la propiedad.
La medida, a su vez, se establece por un término de seis meses pudiendo ser prorrogada.
Se trata de la alícuota agravada sobre aquellos bienes que se encuentran en el exterior, prevista por el artículo 5° de la ley que estableció el Aporte Solidario y Extraordinario para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia.
Es por una acción de amparo interpuesta por un contribuyente contra la AFIP
Así lo decidió el juez federal Pablo Cayssials en el marco de la acción promovida por el empresario contra la Ley 27.605 que creó ese aporte para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia.
Un resumen de las decisiones judiciales, las medidas legislativas y los actos del Poder Ejecutivo más destacados en los últimos días
La referida causa proviene de la Cámara Federal de Mendoza.
El tribunal consideró que no se había demostrado la confiscatoriedad ni el supuesto daño irreparable por el cobro del aporte extraordinario.
Así lo decidió el juez federal Walter Lara Correa. En la acción, la parte actora sostuvo que AFIP no tenía competencia para fiscalizar el aporte por no tratarse de un concepto tributario o impositivo.
Un resumen de las decisiones judiciales, las medidas legislativas y los actos del Poder Ejecutivo más destacados en los últimos días
La justicia federal consideró que la medida era irrazonable y contraria al régimen legal, al no distinguir las personalidades jurídicas diferenciadas de una sociedad anónima y de sus socios accionistas.
Una decisión de la Cámara Contencioso Administrativo Federal ante un planteo de un contribuyente.
En el caso concreto, el magistrado subrogante consideró que se violó el principio tributario de no confiscatoriedad.