La Sala G consideró que los embriones no implantados son personas y gozan de derecho a la vida. Entendió que, ante la ausencia de normativa específica, debe adoptarse un temperamento expectante, sin frustrar las posibilidades que ese ser vivo inicial puede tener, y ordenó que sean conservados.
Así lo confirmó la Cámara Nacional Civil al rechazar un recurso contra el fallo de primera instancia que desestimó el pedido y ordenó una medida de no innovar con relación a los embriones crioconservados.