Lo decidió la Justicia Civil al indicar que se trataba de una obligación de medios y no existía prueba de que se haya vulnerado el deber de seguridad en la intervención.
El Tribunal había emitido el veredicto condenatorio antes de su fallecimiento. Los jueces entendieron que los fundamentos de la sentencia no hacen más que integrar el veredicto, convirtiéndose así en un acto único.
La resolución inédita permitió la registración por parte de tres adultos como padres del recién nacido, reconociendo el "derecho a la no discriminación con motivo o razón de la triple filiación o poliamor registral filiatorio".
Una decisión judicial anuló una multa impuesta por publicidad engañosa dado que el control respectivo está a cargo de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología (ANMAT).
Los camaristas Bruglia, Bertuzzi y Llorens consideraron que las actividades llevadas a cabo por la AFI se encontraban justificadas por tener como "único objetivo la seguridad presidencial y/o la seguridad interiors".
Sostuvo que una constatación de un archivo digital puede servir para comprobar la apariencia externa de un documento de ese tipo, pero no así sus datos intrínsecos más relevantes y que hacen a la autenticidad del instrumento
Un tribunal de apelación consideró que esa modalidad es lesiva de las normas de protección animal.
Por voto de los jueces de la Sala II, Guillermo Yacobucci y Carlos Mahiques. Tuvo disidencia del juez Alejandro Slokar.
Así lo decidió la Sala IV, con firma de los jueces Jorge Eduardo Morán, Rogelio Vicenti y Marcelo Daniel Duffy (por su voto). Se trataba de una acción judicial promovida por la asociación "Más Vidas" para que se declare la inconstitucionalidad de la Ley 27.610.
La Cámara Civil y Comercial de Lomas levantó la suspensión de las elecciones dispuesta en diciembre de 2021 y ordenó que se realicen las elecciones en el Club Atlético Independiente con la lista de la Agrupación Independiente Tradicional, que integran Fabián Doman, Néstor Grindetti y Juan Marconi.