Así lo decidió la jueza Rita María Ailán, a cargo del Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº4, en una acción judicial impulsada por ACIJ, ABOFEM, ELA y otras asociaciones.
El Juzgado de Familia N°4 de La Plata hizo lugar a la medida cautelar para que la provincia y el municipio hagan efectivo el acceso a una vivienda digna de la madre y su hijo.
Lo hizo en el marco de una causa del CEPIS con una sentencia en favor del federalismo y el acceso a la justicia de los ciudadanos.
La Corte Suprema ratificó la inconstitucionalidad de una ordenanza de la Municipalidad de Güemes (Salta) que fijaba parámetros de instalación de antenas telefónicas. Por la mayoría, Highton, Lorenzetti y el conjuez Morán; en disidencia, el tándem Maqueda-Rosatti.
El Juzgado en lo Contencioso Nº4 hizo lugar a la medida cautelar presentada por un colectivo de Vecinos Autoconvocados.
El Colegio Público de Abogados de la Capital Federal se agraviaba que el Decreto 669/19 perjudicaba el cálculo de honorarios profesionales, pero el juez Lavie Pico consideró que ello no era suficiente para demostrar un perjuicio concreto.
Por falta de legitimación activa. La acción cuestionaba la validez del Protocolo para la Atención Integral de las Personas con Derecho a la Interrupción Legal del Embarazo.
En este pronunciamiento, la Corte Suprema absolvió a Fernando Carrera como supuesto autor de "La Masacre de Pompeya", por considerar que se había violado el derecho de defensa en juicio y el principio in dubio pro reo, en una causa que tuvo numerosas irregularidades.
La justicia de córdoba condenó por el delito de estafa a quien era el presidente del Colegio de Abogados de Cruz del Eje luego de que se comprobara que, a través de un ardid, se quedó con parte de una indemnización de una menor de edad por el fallecimiento del padre.
Mediante un amparo, el Máximo Tribunal ordenó el reconocimiento del costo del tratamiento para un chico con la enfermedad neurodegenerativa de lipofuscinosis.