La causa fue iniciada por organizaciones de derechos humanos que denunciaron que la exhibición de aquellas figuras resulta discriminatoria.
Así lo dispuso la Justicia Federal de La Plata, que consideró que no se encontraba en condiciones desde el punto de vista psiquiátrico para afrontar un proceso penal.
Una decisión judicial admitió la continuidad del proceso de adopción de los referentes afectivos e invalidó las normas que lo impedían.
En un caso generado por un conflicto intrasindical, ordenaron la capacitación en materia de género al secretario adjunto del gremio y restringieron el acercamiento a la secretaria general, quien recibió violencia verbal y psicológica de su parte
El juez federal Javier Pico Terrero ordenó que se eliminen las vinculaciones que aparezcan como resultado del nombre de la actriz en el buscador respecto de sitios de contenido pornográfico que exhiban fragmentos de su labor como actriz en la obra teatral "Sexs".
Así lo dispuso la sala H de la Cámara Nacional en lo Civil. "La justicia debe brindar soluciones a los justiciables de tal manera que sus pretensiones sean receptadas teniendo en cuenta la idea de justicia y equidad, lo contrario implicaría desechar la realidad socioeconómicas", sostuvieron los jueces Claudio Marcelo Kiper y José Benito Fajre.
Luego de haber sido absuelto en el primer juicio por el beneficio de la duda, ahora el Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 de La Plata condenó al docente por abuso sexual contra dos menores del Colegio San Benjamín de Los Hornos, ocurrido entre los años 2009 y 2010.
Así lo dispuso la Cámara Federal de Casación Penal reenviando la causa al tribunal precedente quien tuvo en cuenta como atenuante, en el marco de un sistema patriarcal, la relación asimétrica de poder entre un padre y sus dos hijas.
La decisión se apoya en el precedente "Arriolas" y remarca que se trata de una acción realizada en el ámbito privado sin perjuicio a terceros que se encuentra protegida por el artículo 19 de la Constitución Nacional.
La Sala I del tribunal bonaerense absolvió a una persona que había sido condenada por participar en una tentativa de homicidio en la toma de una comisaría de San Justo. Casación consideró que no se probó su participación más allá de toda duda razonable, y tuvo en cuenta que al momento de los hechos se encontraba en situación de calle y con una problemática de adicciones.