La Suprema Corte bonaerense modificó la doctrina legal que permitía al vendedor que no denunció ni registró la venta, probar que se había desprendido de la guarda y liberarse de responsabilidad
El Máximo Tribunal anuló una resolución de la Sala II de la Cámara Federal de Casación que había disminuido el mínimo de la pena previsto legalmente por el Código Aduanero, al permitir una condena en suspenso por el delito de contrabando tentado.
Así lo decidió el juez federal Martín Cormick en el marco de una acción impulsada por APSEN y ATE.
El pedido fue realizado por la Asociación Bancaria (Seccional Resistencia) que promovió un amparo colectivo y el pedido de suspensión de aplicación del Titulo V de la Ley 27.743.
Lo decidió el Juzgado Federal de Mercedes respecto a las disposiciones que prohibían a la AFA rechazar afiliaciones de S.A.D. y que brindaba un plazo de un año a los clubes para incorporarlas como una posibilidad en sus estatutos.
El Tribunal fundó la motivación del hecho en el entendimiento de que estas violencias se presentan en el deseo del perpetrador de castigar comportamientos que difieren de los estándares tradicionales.
Tramita ante el Juzgado Federal n°2 de La Plata, busca la declaración de inconstitucionalidad de la totalidad del Título V sobre Impuesto a las Ganancias y el colectivo abarca a profesionales de la salud bonaerenses.
Revocó una decisión de primera instancia que había dispuesto la inconstitucionalidad de la ordenanza al considerar que limitaba la actividad del uso de pirotecnia, contrariando normativa federal.
Lo realizó en una causa iniciada por CTERA. Además, rechazó la modificación sobre la vigencia de convenios colectivos de trabajo una vez vencido sus términos y la delimitación a la realización de Asambleas.
En el marco de una discusión en torno a qué jurisdicción le correspondía afrontar una medicación, la Justicia subrayó que la descentralización de competencias no es oponible ni limita la responsabilidad del Estado federal.