Se trata de la primera sentencia de este tribunal en la materia.
La decisión admitió una medida cautelar fundada en la vulnerabilidad de la comunidad LGTB.
La decisión consideró que hubo un accionar estatal ilegítimo y lo condenó a reparar los daños ocasionados, pero moderó la indemnización dispuesta en primera instancia.
Así lo decidió el juez federal de Pehuajó a través de una medida cautelar. Junto con ello, también ordenó un informe sobre el saldo existente en las cuentas bancarias, inversiones, colocaciones financieras correspondientes al FISU y que identifique la totalidad de los bienes fideicomitidos.
La medida ordena al Ente Nacional de Telecomunicaciones a tomar las medidas necesarias para bloquear de forma inmediata el acceso al sitio web que creó las imágenes simuladas de desnudez con los rostros de adolescentes.
A diferencia de las instancias anteriores, que habían sostenido la necesidad de aplicar sanciones ejemplificadoras para disuadir los accidentes de tránsito, el Máximo Tribunal nacional hizo lugar al planteo de la defensa y consideró que, si se cumplen los requisitos del artículo 26 del Código Penal, nada impide el otorgamiento de una condena condicional.
Se trata de los aumentos realizados por la empresa OMINT tras el dictado del “Mega DNU”, en un caso particular, por considerarlos irrazonables.
Se trata de un video hecho con inteligencia artificial que fue difundido por usuarios identificados con La Libertad Avanza, donde se veía al ex presidente anunciando la baja de la candidatura de Silvia Lospenatto. El Tribunal Electoral porteño consideró que ello puede inducir a cambiar el voto mediante engaños y remitió la causa al Ministerio Público Fiscal por la posible comisión de un delito.
Se afirma que el Ministerio Público no cuenta con legitimación activa para promover acciones en defensa del interés general si no hay una habilitación legal expresa
Una decisión de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, en el marco de una acción de habeas data.