La decisión dejó sin efecto la medida dispuesta por el juez Kreplak con base en que incumplió la Ley de Medidas Cautelares que ordena un informe previo.
Se trató de un caso planteado por la asociación “Defendete” que buscaba representar a la masa de usuarios y consumidores de la República Argentina. El juez Martín consideró que no había "caso judicial".
Lo resolvió el juez Sebastián Casanello. La medida exhorta al Ministerio de Seguridad a "adecuar la actuación de las fuerzas federales a los límites impuestos por nuestro Sistema Constitucional de Derecho".
En la acción se solicitaba que la entidad permita la libre afiliación de clubes, cualquiera sea su forma jurídica. El juez Eduardo Caruso la desestimó “in limine”. Conocé los fundamentos de la decisión.
Lo resolvió el Juez Federal de La Plata, Alberto Recondo, frente a un planteo de una asociación de ex combatientes de Malvinas (CECIM) de esa ciudad. Hace algunos días, el juez de feria Kreplak había concedido una medida cautelar en la misma causa y había dispuesto la suspensión de los artículos respectivos, que ahora la decisión de Recondo deja sin efecto.
El Tribunal Internacional adoptó una serie de medidas cautelares para limitar el ejercicio bélico de Israel, pero no impuso un alto al fuego.
Se trata de la causa "Observatorio por el Derecho a la Ciudad" y la decisión se fundó en la falta de "caso judicial".
Lo hizo en el marco del amparo promovido por la Confederación General del Trabajo. La decisión modifica la decisión de la jueza Rodríguez Fernández y deja sin efecto el capítulo laboral de forma completa, sin sujetar su vigencia a que el Congreso ratifique o deseche el DNU.
La medida cautelar fue dispuesta por el Juzgado Federal de Mercedes, luego de que la Liga de Fútbol de Salto solicitara la suspensión de los artículos 335 y 345 del DNU 70/2023 que habilitan la transformación de asociaciones civiles en sociedades anónimas.
Una decisión en el marco del planteo de un grupo de ex combatientes de Malvinas.