La acción iniciada por el constitucionalista Andrés Gil Domínguez había sido rechazada por el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°1, razón por la cual realizó el planteo extraordinario por salto de instancia ante el Máximo Tribunal de Justicia.
Lo hizo al suspender los artículos que habilitaban la venta de medicamentos en comercios, a que los médicos recomienden marcas y a que un mismo farmacéutico dirija más de una farmacia.
La Suprema Corte Bonaerense se pronunció en favor de la constitucionalidad del artículo 17 bis de la ley de amparo provincial, y reafirmó la competencia de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de San Martin para revisar una acción de amparo proveniente de un juzgado de garantías del joven
El juez subrogante del Juzgado Federal de la Seguridad Social nº 2 hizo lugar a una cautelar peticionada por la madre no gestante en el marco de un amparo.
Lo hizo en una causa de daños y perjuicios en la que sostiene que la prohibición de indexar frente a la inestabilidad económica generan una perturbación severa para la justa composición de los conflictos y provoca un efecto lesivo a los derechos tutelados por el ordenamiento.
La sentencia se suma a otros pronunciamientos de la Justicia Nacional del Trabajo que invalidaron el decreto.
En segunda instancia, se amplió el periodo de indemnización que se había fijado precedentemente.
Se trata del planteo de una ONG contra el Ministerio de Interior debido que el animal se encuentra en un complejo de Córdoba que no tendría adecuadas condiciones.
Así lo decidió el Máximo Tribunal por unanimidad. Fue en el marco de una acción promovida por Jorge Rizzo, en representación de la Asociación Civil Gente de Derecho, y otra iniciada por la provincia de La Rioja.
Así se decidió en función de su interés público nacional, del objetivo de la política ambiental nacional y de la autoimposición del Estado Nacional respecto a su participación en este tipo de problemáticas.