El nuevo régimen entrará en vigencia a los 60 días de integrado con los aportes que la instancia participativa sugiera. A partir de la misma, quedarán derogados los Acuerdos 3845 y 3886 que hoy regulan en la materia.
Luego del dictamen fiscal, la Cámara concedió la medida cautelar para disponer la continuidad de la educación presencial en la Ciudad.
Así lo hizo el intendente Jorge Macri. En este sentido, también emitió un decreto donde declaró a la educación municipal como servicio esencial.
Había sido interpuesto por una Defensora y una Asesora Tutelar. La jueza tuvo en cuenta la acción declarativa de inconstitucionalidad que inició la Ciudad ante la Corte Suprema.
La acción recayó en el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°9, a cargo de Pablo Gabriel Cayssials. La Asesora General Tutelar de la Ciudad solicitó una medida cautelar para que se ordene continuar con la presencialidad mientras dure el proceso.
Desde el próximo lunes estará a cargo del máximo tribunal bonaerense.
A través de un amparo presentado en la Justicia porteña, solicitaron que el Gobierno de la Ciudad garantice el derecho a la educación que se vería afectado por la sanción del DNU N°241/20 que estableció las clases virtuales por 15 días debido a la segunda ola de covid-19.
Se trata de una acción meramente declarativa, interpuesta ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Así lo dispuso Laura Monti al opinar que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene el mismo rango que las provincias en el sistema normativo que rige la jurisdicción de los tribunales federales.
Lo dispuso la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, al confirmar la resolución de primera instancia. El actor había acompañado la documentación en formato papel, pero no realizó la carga en el Sistema Lex 100.