La norma emanada por el Procurador General les concedía a los Fiscales Generales la potestad para intervenir en materias no legisladas en la ley 14.442
La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires resolvió este miércoles anular parcialmente una Resolución dictada por el Procurador General Julio Conte Grand, que ampliaba facultades de los Fiscales Generales en materias que la ley 14.442 no otorgaba, como en cuestiones de medio ambiente, consumidores, procesos contenciosos-administrativos y excusaciones o recusaciones de jueces, entre otros temas.
El acuerdo firmado por la Suprema Corte, que lleva el número 3957, manifiesta que las facultades que el Procurador les concedía a los fiscales carecían de preceptos legales que lo habilitaran expresamente y que ello constituía un exceso en sus competencias.
En abril del año pasado, Conte Grand había emitido la Resolución 315/2018 que ampliaba las facultades otorgadas a los fiscales en materia civil, comercial, laboral y de justicia de paz y que se encuentran reguladas por el artículo 29 inciso 4° de la Ley del Ministerio Público.
Entre las nuevas potestades, se encontraba la posibilidad de que los fiscales intervengan en materia de defensa de recursos naturales, medio ambiente, derechos de usuarios y consumidores, actos de disposición sobre el propio cuerpo, ablación e implante de órganos, competencias que la Corte entendió no se encontraban legisladas.
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