Se trata de dos decisiones del Fuero Nacional del Trabajo en el marco de los planteos de la CGT y de ATE.
El Juzgado Nacional del Trabajo Nº 3, a cargo de la jueza Moira Fullana, admitió un planteo y decretó una medida cautelar que suspende los artículos 2 y 3 del Decreto de Necesidad y Urgencia 340/2025 que imponía restricciones al ejercicio del derecho a huelga en numerosas actividades.
La resolución reafirmó la competencia de la Justicia laboral para resolver el amparo presentado por la CGT, a pesar del planteo del Poder Ejecutivo para que la cuestión se trate en la Justicia Contencioso Administrativo Federal. Sostuvo que "no es sino la Justicia Nacional del Trabajo la que debe entender en una contienda en la que resulta inobjetable el contenido de derecho social".
Fullana consideró admisible al amparo al tratarse de "un impedimento del ejercicio regular de los derechos emergentes de la libertad sindical" y reconoce tanto la tutela del artículo 14 bis de la Constitución Nacional como también el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo.
La magistrada recordó que "en nuestro ordenamiento constitucional, el Congreso Nacional es el único órgano titular de la función legislativa" y que "desde el 1 de Marzo de 2025 el Congreso tiene abiertas las sesiones ordinarias, dicha circunstancia, resulta a mi modo de ver, elemento suficiente para tener por verosimilizado el derecho".
Asimismo, como fue invocado lo relativo a las previsiones del DNU 70/2023 que se encuentra también suspendido por otra decisión de la Cámara Nacional del Trabajo. La jueza indicó al respecto que "la cuestión relativa a la vigencia de aquella norma y la firmeza de las sentencias dictadas durante la feria del año 2024 y de las que se pudieran dictar sobre aquella discusión -recuérdese que la Corte Suprema de Justicia de la Nación aún no se ha expedidoen la causa-, así como la existencia de caso justiciable, constituye materia de un complejo y más amplio análisis que no puede ser debatido en el prieto marco de una medida cautelar", afirmó en su decisión.
La otra resolución: el planteo de la Asociación de Trabajadores del Estado
La jueza Fullana también decretó otra cautelar, en sentido análogo, en una causa similar contra el mismo DNU que planteó la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE).
Accedé a la resolución CGT y a la resolución ATE
Juzg. Nac. del Trabajo Nº 3, "CGT" y "ATE", Exptes. CNT 19024/2025 y 19424/2025, resoluciones del 2/06/2025.
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