• jueves 12 de junio del 2025
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Confirman la sentencia que otorgó carácter colectivo a un proceso contra el cierre de una sucursal de Correo Argentino

Se trata de la única sucursal del Correo Argentino en Corcovado, Chubut, circunstancia que motivó a los vecinos a interponer una acción colectiva para obtener el restablecimiento del servicio postal.

La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó el planteo como de falta de legitimación activa interpuesto por el Correo Argentino. En consecuencia, se dejó en claro que los vecinos de la localidad se encuentran habilitados para demandar colectivamente a la empresa tras el cierre de su única sucursal, para obtener el restablecimiento del servicio postal.

Los vecinos interpusieron una acción de amparo colectivo, regulado por el art 43 de la Constitución Nacional, cuya procedencia exige la existencia de una causa común, configurada en este caso por el hecho de tratarse de la única sucursal del Correo Argentino en la localidad y su cierre la dejaría sin servicio postal. La empresa, por su parte, sostuvo que no les correspondía la legitimación para demandar colectivamente porque no han acreditado su condición de usuarios de dicha empresa, ni tampoco justificaron el hecho de pertenecer a un colectivo determinado.

El tribunal de alzada, confirmando la sentencia de la instancia anterior, invocó el criterio sentado por la Corte Suprema en el fallo “Halabi”, entendiendo que los demandantes pueden ser considerados consumidores o usuarios potenciales -además de los efectivos usuarios- aun sin acreditar un uso efectivo del servicio, y por ello consideró a la pretensión como de incidencia colectiva referente a intereses individuales homogéneos. De esta manera, la calidad de vecino habilitaría la legitimación para demandar, teniendo en cuenta las particularidades de este caso. 

Accedé al fallo.

*La presente nota fue realizada en el Taller de Comunicación Judicial de Palabras del Derecho, en el marco de las Practicas Profesionales Supervisadas de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la UNLP, con la participación de: Lucio Paolini, Lucrecia Miralles y María Paula Sánchez Barone. 

 

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