• domingo 27 de abril del 2025
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El Senado tratará los pliegos de Lijo y García Mansilla el 3 de abril

Se trata de los dos postulantes propuestos por el Poder Ejecutivo para la Corte Suprema, que deberán alcanzar los votos de las dos terceras partes de los senadores presentes. De los dos candidatos, García Mansilla ya asumió como juez “en comisión” luego del dictado del decreto N°137/2025.

La presidenta del Senado de la Nación, Victoria Villarruel, citó a Sesión Pública Especial para el día jueves 3 de abril a las 14.00 hs., a fin de tratar y prestar acuerdo para los pliegos de Ariel Lijo y Manuel García Mansilla para ser designados como jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Para arribar al Máximo Tribunal, los candidatos deberán contar con el voto afirmativo de las dos terceras partes de los senadores presentes, de acuerdo a la previsión del artículo 99 inc. 4° de la Constitución Nacional.

Vale recordar que estos pliegos fueron presentados el año pasado en el Senado y fueron objeto de tratamiento incluso durante las sesiones extraordinarias convocadas por el presidente Milei para este verano.

Sin embargo, luego de no alcanzar las mayorías constitucionales que se exigen, el presidente avanzó en la designación por decreto de Lijo y García Mansilla como jueces “en comisión”, recurriendo a una herramienta sobre la que se ha generado un amplio debate en la doctrina.

Se trata del artículo 99 inc. 19 de la Constitución Nacional, que estipula dentro de las atribuciones de Presidente la de llenar las vacantes de los empleos, que requieran el acuerdo del Senado, y que ocurran durante su receso, por medio de nombramientos en comisión que expirarán al fin de la próxima Legislatura”.

Ello no impidió que el pasado 27 de febrero la Corte Suprema igualmente le tomara juramento a García Mansilla, quien asumió el cargo y ya tuvo la oportunidad de decidir en diversos casos.

El caso de Ariel Lijo fue distinto, ya que la Corte entendió –luego de analizar la solicitud de licencia en su cargo de juez federal- que “la Constitución Nacional no admite que una misma persona sea titular de dos cargos de juez”. Por esos motivos, rechazó su licencia y entendió que para asumir como juez del Máximo Tribunal solo podía hacerlo en caso de renunciar a su cargo como titular del Juzgado Criminal y Correccional Federal Nº 4.


Accedé a la convocatoria.

 

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