• lunes 28 de abril del 2025
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El Gobierno aplicó la restricción de concurrencia a estadios de fútbol a personas que asistieron a la marcha de jubilados

Se trata de 26 de los 114 manifestantes que habían sido liberadas por la jueza Karina Andrade. El Gobierno les aplicó la “Restricción de Concurrencia Administrativa” a espectáculos deportivos por tiempo indeterminado.

La Ministra de Seguridad Nacional, Patricia Bullrich, firmó la resolución N°343/2025 que aplica la “Restricción de Concurrencia Administrativa” a espectáculos deportivos por tiempo indeterminado a 26 personas que asistieron a la marcha de jubilados del pasado día miércoles, en la que hinchas e instituciones de fútbol convocaron a acompañar el reclamo.

La decisión se basa en la nueva tipificación de la sanción  de haber “tenido conductas violentas contra las personas o las cosas o que afectaren la seguridad, el tránsito vehicular o el orden público en el marco de una manifestación”, infracción incorporada por el Ministerio de Seguridad Nacional la semana pasada previo a la marcha convocada por jubilados e hinchas de fútbol. 

Según indica los considerandos de la decisión, las actuaciones administrativas se iniciaron por “los episodios de violencia de público y notorio conocimiento, protagonizados por grupos de personas identificadas en su mayoría con divisas deportivas de clubes de fútbol, en la Plaza del Congreso y sus adyacencias, el 12 de marzo del corriente año, en supuesto apoyo a las reuniones que habitualmente congregan a jubilados y pensionados”.

Argumenta adicionalmente que 13 de esas 26 personas “poseen antecedentes penales, pedidos de captura activos y otros impedimentos de ingreso a espectáculos futbolísticos”.

Vale recordar que el jueves por la mañana, la jueza en lo Penal, Contravencional y de Faltas N°15 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Karina Andradeordenó la inmediata libertad de las 114 personas detenidas durante la marcha del miércoles.

Aquella decisión destacó que el procedimiento llevado a cabo por las fuerzas de seguridad le impidió realizar un control de la legalidad y razonabilidad de las detenciones, dado que -en la mayoría de los casos- no se informó precisamente el lugar donde se realizó la detención, (aludiendo en forma genérica a “los hechos del Congreso de la Nación”). Por lo demás, y a diferencia de lo que sucede con otros detenidos en “flagrancia”, no se aclararon las circunstancias de detención ni los motivos, al menos con algún tipo de detalle.

No obstante ello, el Ministerio de Seguridad Nacional decidió basarse en la imputación hecha por el fiscal Santiago Almeida en dicha causa y avanzar con la aplicación de esta restricción dada “la gravedad institucional que entrañan las circunstancias descriptas y teniendo en cuenta que el espíritu de la normativa de aplicación vigente es preservar el orden público y la seguridad en los espectáculos deportivos, focalizándose en la prevención de hechos de violencia durante el desarrollo de un encuentro futbolísticos, resulta imperioso neutralizar e impedir la presencia en el evento de personas que pudieran alterarlo”.


Accedé a la resolución.


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