El 30 de diciembre de 2020, el Congreso Argentino sancionó la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo N° 27.610, aprobada con 38 votos afirmativos, 29 en contra y una abstención.
El 30 de diciembre de 2020, se sancionó en Argentina la Ley Nacional N° 27.610, que garantiza el acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE). Fue aprobada con 38 votos afirmativos, 29 en contra y una abstención. En este análisis, exploraremos su implementación y el impacto que ha tenido desde su sanción, así como las distintas acciones que se interpusieron con el fin de declarar la inconstitucionalidad de la norma.
Esta ley se conformó de 22 artículos donde se establece el derecho de las mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar, a decidir y acceder a la interrupción de su embarazo hasta la semana catorce, inclusive, del proceso gestacional. Luego de este periodo, el aborto sigue permitido en casos de riesgo para la salud o la vida de la persona gestante, y en situaciones de embarazos producto de abuso sexual.
Además, la normativa no solo garantiza el acceso a la práctica en todo el territorio argentino, sino que también establece pautas para la atención postaborto.
Desde su sanción, varios tribunales han respaldado su validez y otros se han pronunciado por su inconstitucionalidad.
La Cámara Federal de Bahía Blanca, en segunda instancia, confirmó el rechazo de una acción declarativa de inconstitucionalidad interpuesta por el partido NOS de La Pampa. Dicho rechazo se fundó en cuestiones procesales y no de fondo ya que se verificó la falta de legitimación activa y la inexistencia de caso. En el mismo sentido, el Juzgado Federal N° 2 de Rosario rechazó una demanda de inconstitucionalidad, argumentando que la Municipalidad de Roldán, no tenía legitimación para cuestionar la ley.
Sin embargo, en San Luis, la jueza María Eugenia Bona declaró la inconstitucionalidad de la ley, ratificando la plena vigencia del artículo 19 del Código Civil y Comercial, que reconoce la existencia de la persona humana desde la concepción.
También fueron relevantes las medidas cautelares otorgadas por diversos jueces, que han suspendido la ley en el caso concreto planteado. Tal es el caso del Juez a cargo del Juzgado Federal n° 4 de Mar del Plata en la causa “Seri”, y de la Justicia chaqueña en la causa “Dellamea” , entre otras.
Es amplio el espectro de acciones judiciales iniciadas contra la ley, en su mayoría rechazadas y otras con trámite pendiente. No obstante, la ley sigue en plena vigencia pese a que se han presentado proyectos para derogarla.
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