• lunes 16 de junio del 2025
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La Pampa: ordenan suspender el cobro del Impuesto a las Ganancias para un grupo de profesionales de la salud

A través de una medida cautelar dictada por la justicia federal, se suspendió la aplicación de las modificaciones al impuesto a las ganancias introducidas por la Ley Ómnibus.

El juez a cargo del Juzgado Federal de Santa Rosa, Juan José Baric, hizo lugar a una medida cautelar solicitada por un grupo de profesionales de la salud pública de La Pampa, y ordenó suspender las modificaciones que se introdujeron al Impuesto a las Ganancias en la ley 27.743 (conocida como “Ley Ómnibus”). De esta manera, hasta el dictado de la sentencia definitiva, los accionantes no sufrirán la retención de dicho tributo en virtud de la nueva legislación.

Dicha regulación, sostuvieron los accionantes, genera una afectación directa e inmediata respecto del derecho de propiedad y de protección del trabajo que titularizan. Además, se cuestionó la manera en la que dicha ley fue sancionada, violando el procedimiento constitucional, ya que en el Senado “el Título V fue totalmente rechazado por 41 votos negativos contra 31 votos afirmativos. Cabe destacar que en la versión remitida a la Cámara de Diputados, los Títulos III y V fueron directamente omitidos del texto enviado. De esta manera, los Títulos que fueron rechazados no constituyeron una adición o corrección basada en la voluntad afirmativa de la Cámara de Senadores.”  

Respecto de la verosimilitud del derecho, el magistrado sostuvo que “la ley 27743 vigente restablece el sistema que existía previamente a la ley 27725” volviendo a “gravar las ganancias derivadas del trabajo en relación de dependencia”. Además destacó que el trabajo cuenta con una “protección destacada en el ámbito internacional convencional y constitucional” según lo establecido en la Constitución y en las declaraciones, convenciones y pactos reconocidos en el art. 75 inc. 22 con jerarquía constitucional.

El peligro en la demora lo tuvo acreditado con los descuentos del tributo realizados a los actores según la documental acompañada. De esta manera existe una “posible afectación inmediata del derecho de carácter alimentario” y el “riesgo que eventualmente podría ocasionar no otorgar el resguardo peticionado con anterioridad a la decisión definitiva de la causa.”

En consecuencia, ordenó suspender las retenciones en concepto de impuesto a las ganancias que este grupo de profesionales empezó a sufrir tras la puesta en vigencia de la ley 27.743. Ello hasta tanto se dicte la sentencia definitiva.

 

Accedé a la resolución

Accedé a la demanda

 

Datos de la causa:

Juzgado Federal de Santa Rosa Expte nro. FBB 4125/2024 "JORJA, Jorge Adrián y Otros c/ESTADO NACIONAL - AFIP s/Acción mere declarativa de inconstitucionalidad" 

 

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