Este viernes el Poder Ejecutivo efectivizó su decisión de eliminar la Administración Federal de Ingresos Públicos y sustituirla por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, transfiriéndole las obligaciones, recursos y competencias. Buscan lograr un “aprovechamiento más racional de los recursos humanos y materiales”.
El Gobierno Nacional oficializó este viernes la disolución de la Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y creó la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) mediante el decreto 953/2024 publicado en el Boletín Oficial. La decisión se ampara en la emergencia pública dispuesta por la Ley Bases y la delegación de facultades al Poder Ejecutivo.
La medida cuenta con las firmas del Presidente Javier Milei, el Jefe de Gabinete Guillermo Francos y la Ministra de Seguridad Patricia Bullrich. Hacía algunos días se había anunciado la decisión mediante conferencia de prensa, y la argumentación del Gobierno es para propiciar un “aprovechamiento más racional de los recursos humanos y materiales”.
El actual organismo ARCA también estará bajo la órbita del Ministerio de Economía y, en el decreto, se especifica sobre la transferencia de los recursos, el personal, los bienes, el presupuesto vigente, los activos y el patrimonio, compromisos, derechos y obligaciones de la AFIP. “El personal del organismo que se disuelve por el artículo 1° mantendrá su actual situación de revista alcanzado en su carrera administrativa”, sostiene la norma.
Según el texto, la ARCA tendrá las mismas funciones, competencias y alcances que mantenía la AFIP. Asimismo las facultades, y competencias en materia de recurso de la seguridad social también serán ejercidas por la ARCA. El titular de dicha Agencia, Florencia Lucila Misrahi, tendrá la misión de elaborar, dentro de 60 días hábiles administrativos siguientes a la entrada en vigencia del decreto, la propuesta de normas referentes a competencias, facultades y obligaciones de la Estructura Orgánica y Funcional del ente autárquico.
Para el Gobierno durante los últimos años la AFIP estaba “sobredimensionada” en su estructura organizacional así como en la multiplicación de sectores que no desempeñaban “funciones esenciales”. Sumado a esto mencionan supuestas limitaciones en la capacidad de responder ágil y eficazmente a las demandas del sistema.
“El nuevo ente a crearse propiciará un aprovechamiento más racional de los recursos humanos y materiales (...), contribuyendo a mejorar la calidad del régimen impositivo, de la seguridad social y aduanero y fortaleciendo la capacidad de respuesta del Estado ante las demandas sociales y regulatorias que corresponden a cada área”, sostiene el Gobierno.
Por último la posibilidad de abolir un organismo de la Administración central o descentralizada se la da las facultades delegadas de la Ley Bases donde el Poder Ejecutivo Nacional tiene la capacidad de disponer de dichos organismos contemplados en el inciso a) del artículo 8° de la Ley N° 24.156 para modificar o eliminar competencias, funciones o responsabilidades legales; reorganizar, modificar o transformar su estructura jurídica, centralizar, fusionar, escindir, disolver total o parcialmente o transferir a las provincias o la CABA.
Accedé al decreto de la disolución de la AFIP
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