• martes 10 de septiembre del 2024
logo
add image

Milei disolvió el INADI

Luego del otorgamiento de facultades por la Ley Bases, decreto la disolución del organismo y transfirió sus recursos materiales y financieros al Ministerio de Justicia

El Presidente de la Nación, Javier Milei, mediante el Decreto Nº 696/2024, publicado en el Boletín Oficial de hoy, disolvió el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI), transfiriendo los recursos materiales y financieros al Ministerio de Justicia.

En cuanto al personal del Instituto alcanzado por el régimen de estabilidad, se establece que quedarán sujetos a las previsiones de lo dispuesto por el art. 11 de la Ley Nº 25.164, en el que se prevé su reubicación, como incorporación para ocupar cargos vacantes, pero “de no concretarse la reubicación, el agente quedará en situación de disponibilidad”.

En dicha norma se establece que el período de disponibilidad se asigna según la antigüedad del trabajador, no pudiendo ser menor a 6 meses ni mayor a doce 12 meses, en el que si se producen vacantes en la Administración Pública Central y Organismos descentralizados, se debe priorizar el trabajador que se encuentre en situación de disponibilidad para su cobertura. Finalmente se establece que “Vencido el término de la disponibilidad, sin que haya sido reubicado, o en el caso que el agente rehusare el ofrecimiento de ocupar un cargo o no existieran vacantes, se producirá la baja”.

En las consideraciones que establece la disolución, se recuerda que mediante la Ley de Bases se delegaron en el Poder Ejecutivo facultades vinculadas a materias determinadas de administración y de emergencia, y lo facultó a disponer, en relación con los órganos u organismos de la Administración central o descentralizada creados por ley o norma con rango equivalente (modificación o eliminación de las competencias, funciones o responsabilidades, así como la reorganización, modificación o transformación de su estructura jurídica, centralización, fusión, escisión, disolución total o parcial, o transferencia).

Finalmente, se deja expresa que “teniendo en cuenta el fracaso del instituto de la intervención para lograr la normalización del funcionamiento del referido ente, (…) así como razones de índole operativa de la Administración Pública Nacional, y la ineficiencia e ineficacia del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) constituyen motivos suficientes para disolver con urgencia el precitado organismo

 


Decreto Nº 696/2024

footer
Top