El decreto abarca lo relativo a la reforma del Estado: organización administrativa, privatizaciones, procedimiento y empleo público.
El gobierno nacional en el día de hoy publicó parte de la reglamentación de la Ley bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos en lo que respecta al Título II Reforma del Estado. La norma contempla en primera instancia que será el Ministerio de Economía quien esté a cargo la modificación, transformación, unificación, liquidación o disolución de los fondos fiduciarios públicos de conformidad con las reglas establecidas en los incisos a), b) y c) del artículo 5° de la Ley N° 27.742. Junto con ello dispone que se faculta a dicha cartera a dictar las normas complementarias que resulten necesarias para la implementación.
Luego continúa con la reglamentación del capítulo de las privatizaciones. Allí establece que estará a cargo de la privatización la cartera de la cual depende la empresa sujeta a privatización debiendo en primera instancia intervenir la Agencia de Transformación de Empresas del Estado con la confección de un informe con la propuesta concreta vinculada al procedimiento y modalidad más adecuada para hacer efectiva la privatización. Además, dicho informe será enviado en copia a la Comisión Bicameral de seguimiento creada al efecto.
En cuanto a las modificaciones que se introdujeron en el procedimiento administrativo, se realiza la reglamentación de varios artículos del viejo Decreto N° 1759 de lo que se destaca la nueva redacción del artículo 65 sobre configuración del silencio positivo y la declaración de la caducidad y la incorporación seguidamente de cuatro artículos sobre dicha la temática.
El primero de estos establece respecto a la expresión “cuando una norma exija una autorización administrativa” -al hablar de silencio positivo- que se entenderá por autorización administrativa al acto mediante el cual la administración habilita el ejercicio de un derecho preexistente del administrado una vez verificado el cumplimiento de las condiciones para su dictado. Además, aclara que no alcanzará a los permisos, entendidos como los actos administrativos que excepcionalmente otorgan un derecho frente a una prohibición establecida por la normativa.
El siguiente artículo indica que, si la administración advirtiera que no reúne las condiciones previstas para el otorgamiento, deberá solicitar al requirente los elementos o datos faltantes e indica que la omisión de esta notificación al administrado se considerará falta grave del agente responsable. Además, si el pedido es iniciado erróneamente, los plazos no comienzan a computar para la configuración del silencio positivo.
Por otro lado, superado el plazo para que se expida la administración, el interesado podrá tramitar la inscripción registral, emisión del certificado o autorización correspondiente, la que será otorgada en un plazo no mayor a 15 días.
Se establece también la exclusión del silencio con sentido positivo en supuestos específicos que determine el Poder Ejecutivo previa solicitud de la Jefatura de Gabinete.
Por último, en el apartado sobre las modificaciones en el empleo público contiene la incorporación con carácter obligatorio y previo al ingreso, la aprobación de una Evaluación General de conocimientos y contiene modificaciones respecto a las reubicaciones y el personal en condiciones de acceder al beneficio jubilatorio entre otros aspectos.