Una decisión de la Cámara Contencioso Administrativo Federal. Los profesionales cuestionan las modificaciones del decreto por afectarlos y a sus pacientes.
La Sala I de la Cámara Contencioso Administrativo Federal, con voto de los jueces Do Pico, Heiland y Facio, resolvió reconocer legitimación a asociaciones de farmaceuticos para demandar contra el DNU 70/202 y revocar, de este modo, una decisión de primera instancia que había considerado la falta de "caso judicial".
Se trata de la causa iniciada por la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) y la Federación Farmaceutica (FEFARA) que, en diciembre del año pasado, presentaron una acción declarativa de inconstitucionalidad contra el DNU 70/2023 ante la Justicia Contencioso Administrativo Federal de la Ciudad de Buenos Aires en la que denunció "mercantilización" de la salud y diversos puntos que perjudican a sus afiliados, como también, a pacientes.
Solicitaron, además, el dictado de una medida cautelar que suspenda los efectos de los artículos del DNU que afectan sus ámbitos de acción (313 a 325).
La causa fue decidida, en primera instancia, por el juez Santiago Carillo quien definió que las asociaciones no estaban legitimadas para litigar y que no había "caso judicial" por resolver. De ese modo, rechazó la presentación.
Las asociaciones farmaceuticas apelaron y la causa se radicó en la Sala I de la Cámara Contencioso Administrativo Federal que requirió la opinión del Ministerio Público Fiscal.
En un desarrollado dictamen, el fiscal Rodrigo Cuesta postuló la revocación de la decisión de primera instancia y el reconocimiento de la legitimación de las asociaciones farmaceuticas para demandar.
La Cámara, ahora, por remisión a los fundamentos del fiscal federal decidió en ese sentido.
Accedé a la sentencia (y al dictamen fiscal)