• miércoles 23 de abril del 2025
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Prepagas: la Justicia Federal declaró abstracta la causa colectiva contra OSDE

El juez Seró consideró que la empresa ya acordó la devolución de sumas en exceso del Índice de Precios al Consumidor en la causa de la Justicia Civil y Comercial Federal de la Capital.

El juez a cargo del Juzgado Federal de Concepción del Uruguay N°2, Pablo Andrés Seró, resolvió declarar abstracto al proceso colectivo que tramitaba contra la empresa OSDE por los incrementos en los valores de su cuota a raíz del DNU 70/2023. El magistrado fundó su decisión en el acuerdo, celebrado ante el Juzgado Civil y Comercial N° 3 del juez Juan Rafael Stinco, entre las prepagas y el gobierno a través de la Superintendencia de Seguros de Salud. 

Se trata de la causa, promovida por Fernando Ismael Morsentti, contra la empresa por los aumentos y que, en marzo pasado, la jueza María Isabel Caccioppoli había inscripto como colectivo en favor de todos los usuarios de OSDE y decretado una cautelar que dejaba sin efectolos aumentos realizados en aplicación del DNU 70/23. 

Posteriormente, el Gobierno Nacional -a través de la Superintedencia de Seguros de Salud- demandó a un grupo de prepagas -incluida OSDE- ante el fuero Civil y Comercial Federal de la Capital. En dicha causa, cuyos avances te contamos en Palabras del Derecho, se celebró una audiencia y luego un acuerdo por el que las firmas se comprometieron a devolver lo cobrado por sobre el Indice de Precios al Consumidor (IPC) a todos sus usuarios, entre otros puntos.

Dicho acuerdo, recientemente homologado, llevó al juez Seró a declarar abstracta esta causa colectiva "Morsentti".

El magistrado indicó que "finalmente y en el marco de las actuaciones caratuladas: 'SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD C/ OSDE Y OTROS S/ AMPARO', Expte. Nº 9610/2024 en trámite ante el Juzgado Civil y Comercial Federal Nº 3 de C.A.B.A., el mencionado organismo como autoridad de aplicación, celebro el 27/05/24 con las empresas de medicina prepaga, entre las que se encuentran la aquí demandada OSDE, un acuerdo por el cual se obligan a la devolución de los montos cobrados en exceso por encima del I.P.C. de los meses de enero, febrero, marzo, abril y mayo de 2024. Los montos consolidados a partir del mes de julio se devolverán en 12 cuotas mensuales y consecutivas ajustado por la Tasa Pasiva del BNA. Dicho acuerdo se encuentra homologado por el magistrado interviniente por resolución de fecha 14/06/2024". 

 

Accedé a la decisión


Causa FPA 1461/2024, "Morsentti, Fernando Ismael c/ OSDE s/ Amparo Colectivo", Juzgado Federal Nº 2 de Concepción del Uruguay, 24/6/2024.


 

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