El Juzgado Federal N°1 de Rosario hizo lugar a una acción de amparo y declaró la inaplicabilidad e inconstitucionalidad del decreto que fijó retenciones a la exportación desde su entrada en vigencia hasta la fecha en que fue ratificado por el Congreso de la Nación.
El Juzgado Federal N°1 de Rosario declaró la inconstitucionalidad del Decreto 793/2018 mediante el cual el Gobierno el año pasado fijó retenciones a la exportación de $ 4 y 3 pesos por dólar exportado, con vigencia entre septiembre y diciembre.
El pronunciamiento se dio a raíz de una acción de amparo presentada por una empresa dedicada a la fabricación de cisternas para el transporte de combustibles, lubricantes, productos químicos y alimenticio.
En su planteo argumentaron que la nueva carga tributaria que dispuso el gobierno se aplica aún a contratos preexistentes con principio de ejecución, por lo que les genera un grave perjuicio patrimonial, debido a que al momento de concertar tales operaciones y evaluar los costos y ganancias no existía impuesto alguno vinculado a las exportaciones convenidas.
En ese sentido, el juez Aurelio Antonio Cuello Murua consideró que el mencionado decreto “no cumplimenta con los presupuestos legales y constitucionales requeridos para que opere eficazmente, ya que el mismo carece de sustento legal al crear una carga tributaria y fijar alícuota en una materia reservada, exclusiva y excluyentemente en el Congreso de la Nación, sumado a la falta de una clara política legislativa que permita el ejercicio de tal atribución”.
Sin embargo, el decreto fue luego ratificado por el Congreso de la Nación. Por lo tanto, declaró su inaplicabilidad e inconstitucinalidad desde la fecha de entrada en vigencia, 4/09/2018, hasta su ratificación por parte del Poder Legislativo a través de la ley n°27.467. Asimismo, le ordenó al Poder Ejecutivo nacional que le devuelva a la parte actora los derechos de exportación ingresados en ese período.