Lo decidió la Justicia Federal de Mar del Plata, al condenar con multa y decomisar un inmueble que pertenecía a los hijos de Miguel Save, un ex integrante de la SIDE que compró el terreno con dinero robado a un militante asesinado en 1976. Consideraron que el lavado de activos es un “delito permanente” que se mantiene en el tiempo.
El Tribunal Oral Criminal Federal N° 1 de Mar del Plata condenó a los hijos del fallecido represor y ex integrante de la SIDE, Leonardo Miguel Save, por lavado de activos de origen ilícito, respecto a una propiedad adquirida por su padre con dinero robado a un militante durante la última dictadura militar. El magistrado que leyó el veredicto, Atilio Falcone, recalcó que el lavado de activos es un “delito permanente” cuya consumación “se perpetúa en el tiempo mientras se mantenga el estado antijurídico”.
Además, dispuso el decomiso del inmueble e hizo entrega del inmueble al Estado provincial para emplazar un sitio de memoria.
La causa tuvo origen por la adquisición de dos parcelas en la ciudad de Chascomús por parte de la familia Save, a través de una sucesión de actos jurídicos irregulares, originada en octubre del año 1976. Las sumas de dinero para la compra-venta fueron producto de la sustracción de dinero que pertenecía al dirigente uruguayo Alberto Cecilio Mechoso Méndez, quien formaba parte del Partido por la Victoria de Pueblo y fuera asesinado durante la última dictadura cívico militar.
En el veredicto condenatorio dado a conocer, el juez Falcone atribuyó la responsabilidad por la adquisición de dichas propiedades a Leonardo Miguel Save, y a Aníbal Gordon, puesto que formaban parte de la SIDE, grupo de tareas que había secuestrado a Méndez. Asimismo, fundamentó a través de la prueba testimonial de quienes trabajaban en dichas parcelas y los habían identificado como sus “patrones”.
Luego de años de abandono de la propiedad, uno de los hijos de Save, suscribió dos cesiones de derechos en las que intervino una persona con identidad falsa como cedente, hecho reconocido por el imputado, puesto que en su declaración indagatoria afirmó que intervino en ese acto simulado a pedido de su padre, como así también su hermana quien lo reafirmó en su ampliación de indagatoria.
Para escriturar estas propiedades, la familia Save utilizó las dos cesiones anteriormente mencionadas, y de esta manera, posteriormente a la muerte de su padre en el año 2007, obtuvieron el dominio a través de escritura pública, consumando de esta forma el lavado de activos.
Por estas razones, el magistrado condenó a Marcelo Leonardo Save, Ana María Save, María Eugenia Save y María Natalia Save por el delito de lavado de activos a la pena de multa de 10.823.981,25 pesos y dispuso el decomiso de los inmuebles sujetos al litigio, cuyo destino podrá disponerlo la Subsecretaria de Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires.
Los fundamentos de la sentencia serán dados a conocer el próximo 14 de junio a las 12.00 hs.
Accedé al video de la lectura del veredicto por el portal "La Retaguardia".