• sábado 14 de junio del 2025
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El Gobierno dispuso una medida preventiva para retrotraer a diciembre los aumentos de las prepagas

Los valores de las cuotas solo podrán ajustarse de acuerdo a la variación mensual del Índice de Precios al Consumidor. La decisión fue dictada con el objetivo de “evitar daños al régimen de competencia” establecido por la ley 27.442.

La Secretaría de Industria y Comercio de la Nación ordenó retrotraer a diciembre los aumentos de las cuotas de los planes de salud de medicina prepaga. La medida se oficializó luego de que el vocero presidencial, Manuel Adorni, lo adelantara en su conferencia de prensa de esta mañana.

La medida fue dictada luego de una investigación llevada a cabo por la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC), que determinó que “existen indicios múltiples de un acuerdo colusivo entre las principales empresas de medicina prepaga del país”, situación que iría contra lo establecido por la ley 27.442 de Defesa de la Competencia.

A partir de ello, la CNDC aconsejó el dictado de una medida de tutela anticipada que ordene reajustar los valores de las cuotas de sus planes de salud según la variación mensual del Índice de Precios al Consumidor.

La medida, que tendrá una vigencia de seis (6) meses, afecta a las empresas que conforman la Confederación Unión Argentina de Salud, que hasta el día de ayer presidía el Sr. Claudio Belocopitt. Estas empresas son Galeno Argentina S.A., Hospital Británico de Buenos Aires Asociación Civil, Hospital Alemán Asociación Civil, Medifé Asociación Civil, Swiss Medical S.A., Omint S.A. de Servicios y OSDE Organización de Servicios Directos Empresarios

De esta forma, la Secretaría de Industria y Comercio dispuso que los valores de las cuotas de los planes de salud médico-asistenciales de estas empresas a ser cobradas no podrán superar el siguiente cálculo:

La cuota del plan de salud médico asistencial del mes de diciembre de 2023 multiplicada por (1 + la variación porcentual entre el Índice de Precios al Consumidor nivel general con cobertura nacional elaborado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos vigente al momento de la facturación correspondiente, y el mismo Índice correspondiente a diciembre de 2023).

A modo de ejemplo, una cuota de una prepaga que en diciembre costaba $100.000, hoy estaría alrededor de los $190.178, producto del siguiente cálculo:

  • Por 1,255 (25,5% variación mensual IPC de diciembre) = $125.500;
  • A ese importe, por 1,206 (20,6% variación mensual IPC de enero) = $151.353; 
  • A ese importe, por 1,132 (13,2% variación mensual IPC de febrero) = $171.331,60;
  • A ese importe, por 1,11 (11% variación mensual IPC de marzo) = $190.178,07

Además, la medida aclara que, en el caso de los clientes dados de alta luego de diciembre de 2023, el ajuste debe realizarse teniendo como base un plan similar al contratado.

La medida preventiva también ordena cesar con cualquier tipo de intercambio de información, ya sea en el marco de las reuniones de la Confederación Unión Argentina de Salud (UAS) o cualquier otro ámbito, que implique precios, servicios a proveer, costos y cualquier otra información comercial.

Asimismo, las compañías de medicina prepaga deberán presentar información a la CNDC sobre precios nominales de cada plan de salud ofrecido, ingresos obtenidos por cada plan de salud y cantidad de afiliados en cada uno de los planes. Las empresas deberán aportar datos desde diciembre de 2023 en adelante, e informar su actualización con una frecuencia mensual. A su vez, las compañías y la UAS tienen la obligación de publicar, en el plazo máximo de 10 días hábiles a partir de la notificación de la cautelar, el texto completo de la medida de tutela anticipada en sus respectivos sitios web.


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