La publicación afirmaba que la periodista Beatriz Sarlo había declarado en la Justicia que fue la esposa de Axel Kicillof quien le ofreció la vacuna contra el coronavirus en enero de 2021.
El Juzgado Nacional en lo Civil N° 72 rechazó la demanda interpuesta por Axel Kicilloff contra el diario Clarín, en base a no cumplimentarse los requisitos de la "doctrina de la real malicia”. El gobernador bonaerense se había agraviado por los dichos en el medio sobre la supuesta vinculación entre el "Vacunatorio vip" y su esposa.
La acción por daños y perjuicios fue interpuesta contra la empresa “Arte Gráfico Editorial Argentino S.A” y a Luis Kirschbaum, a raíz de una nota periodística publicada en el Diario Clarín sobre las declaraciones de la periodista Beatriz Sarlo. En ella se exponía lo que la escritora había declarado judicialmente en el marco de las investigaciones realizadas sobre las irregularidades del procedimiento de vacunación que se llevaron adelante contra el COVID 19 en la Provincia de Buenos Aires.
Kicillof se agravió en particular por la expresión “Vacunación vip”, por no figurar en la declaración original y a la que la Sra. Sarlo se habría negado a utilizar. Asimismo, indicó que en forma previa a la publicación de la nota, en otros medios, Sarlo, había negado la existencia de una “vacunación vip” y, en su lugar, esclarecido que se trataba de un pedido de participación como personaje público e intelectual en una campaña de concientización de la vacuna.
A la hora de decidir, el Juzgado puso de resalto que “los términos de la declaración no habían sido discutidos” y, de un cotejo entre la nota y la efectiva declaración -que se transcribió en la sentencia- , una y otra guardaban “estricta relación”.
Por último, el magistrado entendió que el interés público involucrado justificó la difusión de la noticia y que al tratarse de un funcionario público no se acreditó que la noticia fuera divulgada con conocimiento de su falsedad, o con notoria despreocupación acerca de su veracidad o falsedad.
En cuanto a la expresión en disputa -vacunación vip-, estableció que, si bien ese dicho no surgía de la declaración, lo cierto es que en ese momento era de público y notorio conocimiento su utilización para referirse a todo lo relativo en la manera que se aplicó las vacunas contra el COVID 19, sin respetar los cauces establecidos por la autoridad de aplicación.
A su vez, agregó que el significado de “vip” refiere a una “persona socialmente relevante que recibe un trato especial en ciertos lugares públicos” y, según su entender, eso era lo que en los hechos había ocurrido con Sarlo, toda vez que había sido convocada por ser una persona socialmente relevante para recibir un trato especial (aplicación de la vacuna), en un lugar público para publicitar su aplicación.