• lunes 16 de junio del 2025
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Aumenta el mínimo no imponible de impuestos internos para la compra de autos y motos

No pagarán impuestos internos las operaciones de automotores que no superen los $19.826.151 y de motocicletas hasta la suma de $5.324.463

El Presidente de la Nación, Javier Milei, mediante el dictado del Decreto Nº 84/2024, realizó modificaciones a la Ley Nº 24.674 de Impuestos Internos, aumentando la base imponible para las operaciones de compra de autos y motos.

En particular se prevé subir el monto de la base imponible por las operaciones que incluyen los siguientes bienes, regulados en los artículos 38 y 39 de la citada ley:

  1. vehículos automotores terrestres concebidos para el transporte de personas (excepto autobuses, colectivos, trolebuses, autocares, coches ambulancia y coches celulares);
  2. vehículos automotores terrestres preparados para acampar;
  3. motociclos y velocípedos con motor;
  4. chasis con motor y motores de los vehículos alcanzados por los incisos precedentes;De esta manera se establece la siguiente escala

De esta manera se establece la siguiente escala para automotores, chasis con motor y motores

  • para las operaciones cuyo precio de venta, sin considerar impuestos, sea igual o inferior a $19.826.151, no pagarán impuestos internos;
  • cuando el precio sea superior a dicha suma e inferior a $36.602.126, estarán gravadas con una tasa del 20%;
  • cuando sea igual o superior a ese monto, será de aplicación la tasa del 35%

Mientras que para motocicletas:

  • para las operaciones cuyo precio de venta, sin considerar impuestos, sea igual o inferior a $5.324.463, no pagarán impuestos internos;
  • cuando el precio sea superior a dicha suma e inferior a $6.826.234, estarán gravadas con una tasa del 20%;
  • cuando sea igual o superior a ese monto, será de aplicación la tasa del 35%

 


 

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