Aumenta el mínimo no imponible de impuestos internos para la compra de autos y motos
No pagarán impuestos internos las operaciones de automotores que no superen los $19.826.151 y de motocicletas hasta la suma de $5.324.463
El Presidente de la Nación, Javier Milei, mediante el dictado del Decreto Nº 84/2024, realizó modificaciones a la Ley Nº 24.674 de Impuestos Internos, aumentando la base imponible para las operaciones de compra de autos y motos.
En particular se prevé subir el monto de la base imponible por las operaciones que incluyen los siguientes bienes, regulados en los artículos 38 y 39 de la citada ley:
- vehículos automotores terrestres concebidos para el transporte de personas (excepto autobuses, colectivos, trolebuses, autocares, coches ambulancia y coches celulares);
- vehículos automotores terrestres preparados para acampar;
- motociclos y velocípedos con motor;
- chasis con motor y motores de los vehículos alcanzados por los incisos precedentes;De esta manera se establece la siguiente escala
De esta manera se establece la siguiente escala para automotores, chasis con motor y motores
- para las operaciones cuyo precio de venta, sin considerar impuestos, sea igual o inferior a $19.826.151, no pagarán impuestos internos;
- cuando el precio sea superior a dicha suma e inferior a $36.602.126, estarán gravadas con una tasa del 20%;
- cuando sea igual o superior a ese monto, será de aplicación la tasa del 35%
Mientras que para motocicletas:
- para las operaciones cuyo precio de venta, sin considerar impuestos, sea igual o inferior a $5.324.463, no pagarán impuestos internos;
- cuando el precio sea superior a dicha suma e inferior a $6.826.234, estarán gravadas con una tasa del 20%;
- cuando sea igual o superior a ese monto, será de aplicación la tasa del 35%
Accedé al Decreto Nº 84/2024
https://palabrasdelderecho.com.ar/articulo/4777/Aumenta-el-minimo-no-imponible-de-impuestos-internos-para-la-compra-de-autos-y-motos