Mediante el DNU 656/2023, el Gobierno Nacional le transfirió las funciones que hasta ahora se encontraban a cargo de la Secretaría General de la Presidencia. Es en relación con la programación, ejecución de legislación y empadronamiento.
El Gobierno Nacional restableció este lunes la competencia electoral al Ministerio del Interior hasta ahora a cargo por la Secretaría General de la Presidencia. El traspaso se realizó por el Decreto de Necesidad y Urgencia 656/2023 publicado este lunes en el Boletín Oficial y firmado por el presidente y todos los ministerios.
Este año se había modificado el artículo 17 de la Ley de Ministerios, “suprimiendo las competencias asignadas al Ministerio del Interior vinculadas a la organización de los comicios”, así como también en cuanto a la legislación electoral y el empadronamiento.
De esta forma (por el decreto 359/2023), se incorporaban las competencias a la Secretaría General de la Presidencia de la Nación. Pero a partir de este momento, “tras la finalización del período electoral, resulta necesario que dichas funciones sean transferidas al Ministerio del Interior”.
El Poder Ejecutivo decide sancionar la norma por vía de necesidad y urgencia considerando imposible seguir los trámites ordinarios previstos por la Constitución para la sanción de leyes.
El presente DNU concretamente incorpora las siguientes competencias al Ministerio, encargándose de:
-El ejercicio de los derechos políticos de los ciudadanos y las ciudadanas, al régimen electoral, al de los partidos políticos y su financiamiento, al derecho de iniciativa y a la consulta popular; y
-La programación y ejecución de la legislación electoral y el empadronamiento de los ciudadanos y las ciudadanas.
La medida entra en vigencia a partir de la fecha de publicación.