• domingo 16 de febrero del 2025
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La Suprema Corte bonaerense propicia el dictado de una ley que la autorice a trasladar o transformar organismos jurisdiccionales

El Tribunal resolvió impulsar ante el Poder Ejecutivo y el Legislativo un proyecto de ley, con el fin de facilitar el acceso al servicio de justicia y mejorar la eficiencia de los organismos judiciales

Por medio de la Resolución N° 2818/23, la Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires propició, ante los poderes Ejecutivo y Legislativo, el dictado de una ley que la autorice, de forma temporal, a trasladar o transformar órganos jurisdiccionales.

El proyecto confeccionado, tiene como fundamentos facilitar el acceso al servicio de justicia y mejorar la eficiencia de los organismos judiciales, promoviendo entre otros puntos, una adecuación del mapa judicial de manera más eficiente y acorde a las necesidades actuales.

Por otro lado, busca facultar a la Suprema Corte de Justicia a transformar el Juzgado de Paz en un órgano en lo Civil y Comercial o de Familia, según el caso y a los efectos de brindar una cobertura integral de servicio en cada localización.

Esta posibilidad de transformar órganos en funcionamiento -describe el proyecto- siempre que se encuentren vacantes, en dependencias de otros fueros se advierte como una medida que permitiría paliar la situación en un plazo más corto, que aquel requerido para las creaciones de nuevos órganos, atento que ya se cuenta con el espacio físico y la mayoría de los recursos para su funcionamiento.

En ese sentido, el proyecto estipula la autorización por el plazo de un año, a partir de la publicación de la norma, para que la Suprema Corte pueda:

  • disponer el traslado de órganos en funcionamiento o creados sin funcionar, dentro del mismo Departamento Judicial, cuando conforme al grado de litigiosidad, extensión territorial, distancia y población, existan razones que así lo aconsejen;
  • transformar Juzgados de Paz en Juzgados en lo Civil y Comercial o de Familia, en aquellos Partidos en los que -como consecuencia de la instalación de otros órganos judiciales - haya disminuido la carga de trabajo del Juzgado de Paz; y,
  • transformar órganos creados sin funcionar o en funcionamiento que se encuentren vacantes, en Juzgados o Tribunales dentro o no del mismo departamento judicial, cuando los índices de litigiosidad así lo justifiquen.

Accedé a la Resolución y al proyecto de ley

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