• lunes 16 de junio del 2025
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Amplían los créditos de ANSES para trabajadores

$1.000.000 es el nuevo monto máximo con tasa del 50% anual. Incluye a las personas aportantes del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) cuyos haberes mensuales sean inferiores a 15 Salarios Mínimos Vitales y Móviles.

El Gobierno Nacional dispuso un nuevo monto en $1.000.000 para los créditos ANSES, otorgados para las personas en actividad laboral aportantes del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). La Tasa Nominal Anual (TNA) es del 50% anual, la más baja del mercado.

La medida fue publicada en el Boletín Oficial a través del decreto 588/2023 este miércoles. De esta manera se actualiza el valor previo fijado en $400.00. 

Las personas en actividad laboral con posibilidad de solicitar el préstamo para consumo son aquellas cuyos haberes mensuales resulten inferiores a $1.980.000, es decir 15 veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.

"Establécese que a partir de la entrada en vigencia del presente decreto, el monto máximo (...) para otorgar a las trabajadoras y a los trabajadores aportantes al SIPA, será de $ 1.000.000 a una Tasa Nominal Anual (TNA) del 50 % para todos los plazos de amortización", sostiene el primer artículo de la norma publicada este miércoles.

La solicitud del crédito se hace a través de la página www.anses.gob.ar. clickeando en "créditos trabajadores en relación de dependencia”. Allí se encuentra un explicativo guía a cada usuario/a hasta llegar a finalizar a solicitud. El estado del trámite se puede consultar también en "mi Anses".

Uno de los puntos más favorable del crédito es su Tasa Nominal Anual (TNA) del 50%, muy por debajo de la inflación y de cualquier otro préstamo bancario. 

Los préstamos no pueden transformarse en efectivo ni usarse para crear un plazo fijo. Por ende están destinados a usarse íntegramente para consumo.

Vale aclarar que "en todos los casos, la relación cuota-ingreso del crédito otorgado no puede superar el 20 % de la remuneración bruta mensual".

 Otro de los requisitos es contar con una relación laboral no inferior a 6 meses continuos bajo el mismo empleador o la misma empleadora, y en las condiciones establecidas en dicha norma.


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