• sábado 07 de diciembre del 2024
logo
add image

Ley de Alquileres: el Senado aprobó modificaciones y deberá volver a Diputados

Contratos en pesos, con duración mínima de 3 años y posibilidad de actualizaciones cada 6 meses por índice salarial. Ahora Diputados deberá votar si insiste con su proyecto o acepta las modificaciones introducidas por la Cámara Alta.

En la sesión del día de ayer, la Cámara de Senadores aprobó la modificación de la ley de alquileres Nº27.551. Sin embargo, por los cambios que se introdujeron en la Cámara alta, el proyecto deberá volver a Diputados, que deberá decidir si insiste con la sanción original o si acepta las modificaciones introducidas por el bloque oficialista del Senado.

Las principales novedades del texto aprobado respecto a los contratos de locación:

1. Se mantiene el plazo mínimo de tres (3) años de duración.

La discusión en el Senado modificó lo votado en Diputados, que buscaba reducir de 3 a 2 años el período mínimo por el cual se pueden realizar contratos de alquiler.

Vale recordar que la ley 27.551 votada en 2020 y que es la normativa que sigue vigente, aumentó de 2 a 3 años el plazo mínimo de los contratos de alquiler.

2. Se reduce de 12 a 6 meses el plazo para realizar ajustes del valor del alquiler.

A diferencia de la postura adoptada en Diputados, que buscaba que las actualizaciones del canon locativo pudiera realizarse en hasta períodos de 4 meses, el Senado propuso reducir el plazo de actualizaciones anuales a un plazo de actualización semestral.

Entre los motivos, se indicó que el congelamiento durante un período anual importa una pérdida de rentabilidad grande para el locador y que ello desincentiva la oferta de inmuebles y genera un salto muy grande de los valores a la hora de renovar los contratos, donde los propietarios buscan “cubrirse” frente a la inflación.

3. Se elimina el índice actual y se incorpora el Coeficiente Casa Propia para ajustar el valor del alquiler.

La propuesta del Senado establece que los contratos de locación deben ajustarse por el Coeficiente Casa Propia, que elabora mensualmente el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat y que se encuentra previsto para ajustar las cuotas de los beneficiarios del Programa Procrear.

Para calcular el coeficiente en cuestión, se tiene en cuenta el menor indicador entre el promedio de la variación salarial (CVS) del último año y el promedio de la inflación del mismo período (CER). Además, al reconocer que el aumento de los salarios puede variar según la rama de actividad, incorpora el Coeficiente de Variación Salarial con un aforo del 0,9.

Comparativamente, este nuevo índice resulta inferior al Índice de Contratos de Locación vigente, que se establece por un promedio que toma en partes iguales el índice de precios al consumidor (IPC) y la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE).

La propuesta del Senado también modifica lo que se había votado en Diputados, que habilitaba a ajustar el valor del alquiler en base a Índice de Precios al Consumidor (IPC), Índice de Precios Mayoristas (IPM), el Índice de Salarios (IS) o una combinación de dichos índices, según las partes acuerden.

senado

El proyecto fue aprobado en el el voto afirmativo de 37 senadores, frente a la negativa de 29 senadores.

4. Se establece la obligatoriedad del pago y la publicación de los alquileres en pesos.

Frente a una creciente dolarización del mercado de alquileres y una presión de los alquileres turísticos sobre los alquileres habitacionales, el proyecto del Senado establece la obligación fijar el precio del alquiler en moneda nacional.

La obligación también impactará  sobre las publicidades y las publicaciones en plataformas que promocionen alquileres con destino habitacional.

5. Incentivos impositivos para locadores que registren los contratos.

- Monotributistas: se exime del pago del monotributo a los ingresos que provengan de hasta dos (2) inmuebles alquilados.

- Impuesto a las ganancias: se habilita a deducir del impuesto la suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto anual del contrato de locación.

- Exención del impuesto sobre los Bienes Personales a inmuebles con contratos de alquiler registrados en AFIP.

- Exención del Impuesto sobre Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias sobre contratos de alquiler registrados en AFIP.

Finalmente, el proyecto invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a “aprobar beneficios tributarios en sus jurisdicciones en los contratos de locación con destino casa-habitación celebrados y registrados conforme a la ley”.

En lo que sigue, será la Cámara de Diputados de la Nación quien decida si insiste en que se vote el proyecto aprobado el pasado 23 de agosto o, si por el contrario, acepta las modificaciones que introdujo la Cámara de Senadores.


Accedé al proyecto votado en el Senado.

Accedé al proyecto votado en Diputados.

footer
Top