• martes 30 de abril del 2024
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Ordenan realizar un Plan de Gestión Integral para la protección ambiental del Parque Camet

La Municipalidad de General Pueyrredón deberá cumplir con dicho plan, a raíz de una sentencia de la Cámara de Apelaciones.

La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo del Departamento de Mar del Plata, ordenó al Municipio de General Pueyrredón llevar adelante un Plan de Gestión Integral para la debida protección ambiental del Parque Camet y la adecuada conservación de la reserva forestal y paisajística.

En el Parque Camet, ubicado en la ciudad de General Pueyrredón, varias instituciones deportivas desarrollan sus actividades a través de permisos de uso precario otorgados por ésa Municipalidad. Así, varios vecinos de la localidad interpusieron una acción de amparo contra aquella, y contra el Club Atlético El Cañón entendiendo que, a través de esos permisos, se fue privatizando el Parque, que cuenta con protección legal, pues tiene el status de patrimonio de la ciudad con destino de uso público. Además, se fue disponiendo -impropiamente- de él sin efectuar estudio ambiental alguno, generando un estado de abandono y de la necesidad de adoptar medidas de prevención y protección de los ecosistemas allí existentes; y que a lo largo de los años se ha dado una permanente y continuada deforestación en el sector.

No obstante, el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 2 rechazó la acción por entender que los clubes deportivos tienen una actividad social esencial, y particularmente el Club demandado realiza un importante aporte en tal sentido. Ello, sin perjuicio de que la intervención ha sido mínima; “simplemente demarcó el predio e hizo construcciones sanitarias y de uso necesarias…”. Por lo demás, no halló arbitrariedad o ilegalidad debido a que la Administración respondió en todo momento a lo establecido por las leyes vigentes. Esta decisión fue apelada por la actora y así llegó el caso a la Cámara en lo Contencioso Administrativo departamental.

En primer lugar, el voto de la mayoría dio cuenta del estado de abandono de la reserva forestal que, declarada patrimonio de la ciudad, tiene asignado un destino de uso público. A partir de allí, destacó la práctica constante del municipio con relación a disponer fracciones de tierra del Parque Camet para ser entregadas al uso y explotación de particulares. Es así que concluyó en la “desidia” por parte de la autoridad comunal y la patente situación de riesgo ambiental sobre el humedal; a la vez de que la ausencia de un Plan de Gestión Ambiental que imponga el cumplimiento de una Declaración de Impacto Ambiental basada en estudios previos, propició la alegada “privatización”. En consecuencia, valoró principios que rigen la materia ambiental, tales como “in dubio pro natura” e “in dubio pro agua”. También destacó la denuncia sobre la tala indiscriminada de árboles y los incendios en la reserva forestal.

Sin embargo, respecto del club demandado, no advirtió una conducta arbitraria e ilegítima. En rigor, el Club cumplió con las condiciones impuestas por la Municipalidad, como ser el mantenimiento del predio en condiciones de higiene o facilitar instalaciones. No obstante, los clubes deberán ajustarse al Plan de Gestión Integral del Parque Camet que deberá desarrollar la Comuna.

En consecuencia, propuso hacer lugar al planteo ambiental y condenar a la Municipalidad de General Pueyrredón; en aras de salvaguardar el derecho comprometido y dar una solución en el marco del art. 32 de la Ley General de Ambiente. Así, deberá presentar en un plazo de 180 días un Plan de Gestión Integral para garantizar una adecuada conservación de la reserva forestal y paisajística.

Accedé al fallo.

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