Los jueces Llorens y Bertuzzi consideraron que no se pudo comprobar que existieran tareas de inteligencia ilegal. Se trata de la causa iniciada a partir del video de una reunión donde se planeaban estrategias para impulsar investigaciones judiciales contra sindicalistas.
La Sala I de la Cámara en lo Criminal y Correccional Federal resolvió anular los procesamientos dictados contra distintos funcionarios y ex funcionarios de Juntos por el Cambio, en el marco de la causa iniciada por la persecución a sindicalistas y, en particular, contra Juan Pablo “Pata”Medina.
Con una votación dividida de dos contra uno, los jueces Mariano Llorens y Pablo Bertuzzi consideraron que existían “deficiencias” probatorias y ciertas líneas de investigación no profundizadas que impedían considerar a la reunión efectuada en las oficinas de Banco Provincia como un acto de inteligencia ilegal.
Vale recordar que la causa surgió a raíz de la presentación la entonces interventora de la AFI, Cristina Caamaño, a partir del hallazgo de un video donde se observa que el día 15 de junio de 2017 se mantuvo una reunión en la que habrían participado Julio Garro (actual intendente de La Plata), Marcelo Villegas (entonces Ministro de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires), Marcelo Jaworski (Director General de COPETRO), Adrián Grassi (ex Subsecretario de Justicia de la Provincia de Buenos Aires) y Roberto Gigante (ex Ministro de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires).
Lo que se investiga en este caso es si en ese encuentro se organizó una estrategia para impulsar una investigación en la que se logre el enjuiciamiento de personas vinculadas a la práctica sindical, más particularmente al sector de la construcción. Entre ellas, se habló del sindicalista Juan Pablo “Pata” Medina, dirigente de la UOCRA platense
Además, en la reunión mantenida en el SUM de la sede porteña del Banco Provincia también estuvieron presentes Fabián Cusini (constructor y organizador inmobiliario), Juan Pablo Allan (Senador de la Provincia de Buenos Aires y precandidato a intendente de La Plata), Jorge Oscar Del Río (presidente de AGRINECO), Fernando Sacrachi (Director de ACIP), Guillermo Moretto (Presidente del Colegio de Arquitectos de La Plata), los ex directivos de la AFI Sebastián De Stéfano -actual funcionario del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires-, Darío Biorci y Diego Dalmau Pereyra. Todo ello, según consta en las propias manifestaciones de quienes asistieron a esa reunión.
En dicho marco, en abril de 2022, el juez Kreplak procesó a los ex funcionarios del gobierno de Macri y Vidal y a ex agentes de inteligencia por los delitos de prevaricato y la violación al artículo 4° inc. 1° de la Ley de Inteligencia Nacional N° 25.520 vigente en ese momento.
Sin embargo, esta no fue la única causa iniciada a raíz de estos hechos. Los tribunales federales de Comodoro Py también tramitaron otra causa conexa, donde uno de los imputados -Juan Sebastián De Stéfano- presentó ante un pedido de inhibitoria contra el juez platense, que fue aceptado por el titular del Juzgado Criminal y Correccional Federal N° 8, Marcelo Martínez de Giorgi.
Luego de que se decidiera que la causa debía continuar su tramitación en los juzgados de Comdoro Py, la Cámara Federal porteña resolvió el recurso presentado por los procesados e hizo lugar a la anulación del procesamiento contra los funcionarios y ex funcionarios involucrados.
Para los jueces Llorens y Bertuzzi, las conclusiones a las que llegó el juez Kreplak para dictar el procesamiento de los funcionarios y ex funcionarios son “difusas y debatibles”, ya que “dicho encuentro pudo haber tenido una finalidad distinta” a la de realizar tareas de inteligencia no permitidas y de cometer el delito de prevaricato.
Además, expresaron que no se encuentra esclarecido “quién pudo haber dado la orden para realizar esa filmación -como con qué fecha y por qué repartición habría sido clasificada, que material se usó y a quien le pertenece, etc.- y así garantizar no solo el adecuado ejercicio del derecho de defensa, sino también el acabado y completo esclarecimiento de los hechos antes de ser pasados por los tamices legales”.
Seguidamente, estos jueces expresaron que los hechos que se investigan, podrían encuadrar dentro de las funciones asignadas a la Agencia Federal de Inteligencia, tal y como lo habían legitimados en las causas “Bases AMBA” y por las tareas de inteligencia contra familiares de los tripulantes de ARA San Juan.
En disidencia, el juez Eduardo Farah consideró que correspondía confirmar los procesamientos dictados por el juez Kreplak. Según el magistrado, de la causa surge que en el año 2016 distintos funcionarios públicos nacionales y de la provincia de Buenos Aires “tomaron conocimiento a través de empresarios y cámaras vinculadas al rubro de la construcción de la ciudad de La Plata, de graves maniobras extorsivas que venían sufriendo desde tiempo atrás por parte de la dirigencia sindical de la UOCRA con sede en esa ciudad, así como de la inquietud por el apoyo político que esa dirigencia tuvo hasta entonces y por la inacción judicial frente a diversas denuncias y reclamos que habían realizado a lo largo del tiempo".
Para Farah los funcionarios se habrían comprometido a dar su ayuda para evitar que eso siga ocurriendo, pero “las vías que escogieron para ello no fueron las legalmente establecidas: no se formuló la denuncia penal correspondiente; se dio intervención a la Agencia Federal de Inteligencia para realizar tareas de investigación criminal sin orden judicial; y con el producido de esas tareas se formuló una denuncia “anónima” ante el Juzgado Federal de Quilmes, dando lugar a un proceso que avanzó sobre la base de un determinado consenso entre los funcionarios y el Juez”.