• martes 30 de abril del 2024
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La Justicia de Corrientes falló con perspectiva de vulnerabilidad a favor de un adulto mayor en un juicio de escrituración

La mujer de 81 años había comprado un inmueble y obtuvo como único documento el boleto de compraventa.

Por sentencia monitoria, el juez en lo Civil y Comercial N°2 de Goya, Corrientes, Gabriel Guillermo Saade, ordenó que un hombre que había sido demandado en un juicio de escrituración, comparezca y presente toda la documentación y la pertinente escritura a favor de una mujer de 81 años, bajo apercibimiento de otorgarla suscripta por el juez y en su representación.

La decisión judicial se dictó en el marco de un juicio de escrituración iniciado por una mujer de 81 años de edad que había adquirido un inmueble hacia seis años atrás y por el cual sólo obtuvo el boleto de compra-venta con firmas certificadas ante escribano público como único documento.

En ese contexto, el magistrado analizó la causa con perspectiva de vulnerabilidad y sostuvo que la ancianidad es una causa predisponente de vulnerabilidad y el imperativo de la norma constitucional atraviesa todo el ordenamiento jurídico y judicial, reafirmados por los principios y estándares de plazo razonable, tutela efectiva, oficiosidad y celeridad reforzada.

Asimismo, analizó la normativa que tutela a las personas mayores, entre las cuales citó la Convención Interamericana sobre Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores que consagra el compromiso de los Estados Partes de adoptar y fortalecer todas las medidas legislativas, administrativas, judiciales, presupuestarias y de cualquier otra índole, incluido un adecuado acceso a la justicia a fin de garantizar a la persona mayor un trato diferenciado y preferencial en todos los ámbitos, como así también a garantizar la debida diligencia y el tratamiento preferencial a la persona mayor para la tramitación, resolución y ejecución de las decisiones en procesos administrativos y judiciales. Así como también agregó las Reglas de Brasilia sobre acceso a la justicia de las Personas en Condición de Vulnerabilidad.

Finalmente, con ese marco normativo, decidió hacer lugar a la demanda de escrituración a favor de la mujer en su condición de adulta mayor.

 

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